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La Junta publica la resolución definitiva de la Beca Segunda Oportunidad y abre el plazo de reclamaciones

La Junta publica la resolución definitiva de la Beca BASO 2025-2026. Hay de plazo hasta el 30 de noviembre para reclamar y cómo hacerlo.

Redacción automática · Córdoba 2 min de lectura

La Junta de Andalucía ha publicado la resolución definitiva de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad (BASO) para el curso 2025-2026, una ayuda que busca facilitar que los jóvenes que abandonaron sus estudios puedan volver al sistema educativo y obtener el título de Educación Secundaria. La resolución fue aprobada el 20 de octubre y publicada el día 29, y recoge la relación definitiva de beneficiarios. Los interesados tienen hasta el 30 de noviembre de 2026 para presentar reclamaciones si no están conformes con el resultado.

La resolución incluye a los alumnos que han cumplido tanto los requisitos de la convocatoria como las obligaciones académicas exigidas para adquirir la condición de perceptores. La Administración considera denegadas el resto de solicitudes, por lo que quienes no hayan obtenido la ayuda pueden acudir a las vías de recurso previstas.

El documento de la resolución y la información sobre los plazos para recurrir están disponibles en la página oficial de la Consejería de Educación. La Junta también prevé publicarlo en los tablones de anuncios de las delegaciones territoriales de Educación.

El plazo para presentar el recurso de reposición comenzó el 30 de octubre y terminará el 30 de noviembre de 2026, ambos inclusive. La reclamación debe dirigirse a la Dirección General de Inclusión, Convivencia y Participación y puede tramitarse preferentemente de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación, en el procedimiento «Recursos a la Beca Andalucía Segunda Oportunidad (B.A.S.O.) - Curso 2025/2026».

En cuanto al pago, la Junta abonará las cantidades mensuales devengadas y acumuladas a favor de los beneficiarios una vez comprobado el cumplimiento de las obligaciones académicas. El documento recoge un importe conjunto de 33.206,58 euros correspondiente a los perceptores incluidos en el Anexo I. La ayuda es incompatible con otras becas con la misma finalidad: si una persona es beneficiaria de esta y de la beca general del Ministerio de Educación, se descontarán las cantidades ya concedidas y abonadas de esta última.

La resolución agota la vía administrativa. Además del recurso potestativo de reposición, quienes no estén conformes pueden presentar directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación. Son dos vías distintas, con procedimientos y plazos diferentes.

Información elaborada a partir de Diario Córdoba.

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