Los empleados de banca tendrán un día libre si un festivo de verano cae en sábado
La Audiencia Nacional reconoce un día libre para empleados de banca cuando un festivo entre abril y septiembre cae en sábado.
La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de los empleados de banca a disfrutar de un día adicional de libranza cuando un festivo coincida en sábado entre el 1 de abril y el 30 de septiembre, siempre que en el sector se aplique el horario de verano.
La sentencia responde a una demanda sindical y obliga a las entidades a compensar esos festivos estatales, autonómicos o locales cuando coincidan con un sábado que ya estaba previsto como día de descanso semanal o de libranza. El día compensatorio deberá disfrutarse en un plazo máximo de 14 días.
El fallo tendrá aplicación este año porque el 15 de agosto cayó en sábado. La resolución no incluye, sin embargo, festividades que se celebren fuera del periodo establecido, como Sant Esteve, el 26 de diciembre, en Catalunya.
La medida tendrá una repercusión mayor el próximo año, cuando el Primero de Mayo y el Día de Navidad coincidan con un sábado. La decisión beneficiará a unas 160.000 personas cubiertas por los convenios de banca y de ahorros.
La Audiencia Nacional considera que la práctica generalizada de no compensar estos festivos no se ajusta a derecho. El criterio es similar al aplicado a los trabajadores de atención telefónica y a los funcionarios catalanes.
La sentencia todavía no es firme. Patronal y sindicatos pueden recurrirla ante el Tribunal Supremo. La medida afecta también a los trabajadores del sector bancario en Córdoba, en el marco de los convenios estatales de banca y ahorros.
Información elaborada a partir de Diario Córdoba.