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Sucesos

El TSJA rebaja las condenas por la agresión sexual a una joven de Écija

El TSJA rebaja las penas de los tres condenados por la agresión sexual a una joven de Écija y no se descarta recurrir al Supremo.

Redacción · Écija 2 min de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado las penas de prisión impuestas por la Audiencia de Sevilla a los tres jóvenes condenados por la agresión sexual grupal a una joven de Écija, que tenía 17 años cuando ocurrieron los hechos, en marzo de 2024.

La condena del joven que recibió la pena más alta pasa de 15 a 10 años de cárcel. Los otros dos condenados, que habían sido sentenciados a 13 años y medio, ven reducidas sus penas a siete años cada uno. La defensa de uno de ellos no descarta recurrir ante el Tribunal Supremo, aunque todavía no ha tomado una decisión, según ha explicado el abogado Benito Saldaña.

El TSJA considera que cada acusado debe responder únicamente por la agresión sexual que cometió, de forma exclusiva, separada y distinta de las perpetradas por los demás. Por este motivo, corrige el criterio aplicado inicialmente por la Audiencia de Sevilla.

Los hechos comenzaron la noche del 30 de marzo de 2024, cuando la víctima salió de fiesta con una amiga y se desplazó a La Carlota (Córdoba). Tras consumir alcohol en un botellón y en dos discotecas, regresó hacia Écija en un vehículo en el que viajaban los tres condenados.

Según la sentencia inicial, la joven se quedó dormida durante el trayecto y los acusados la llevaron a un descampado, donde se produjo la agresión sexual. Posteriormente, la trasladaron hasta las inmediaciones de su domicilio en Écija.

La resolución del TSJA puede ser recurrida en casación ante el Supremo tanto por los condenados, para intentar reducir aún más las penas, como por la acusación particular. También mantiene la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante 20 años. Los condenados podrán sustituir parcialmente la prisión por la expulsión de España cuando cumplan las dos terceras partes de la pena, accedan al tercer grado o se les conceda la libertad condicional.

Información elaborada a partir de ABC Sevilla.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de ABC Sevilla · Ver original

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