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Martes, 27 de octubre de 2026 Edición Esporles · Illes Balears
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Sucesos

Un constructor, condenado por estafar 67.476 euros a una pareja de Esporles

Condenado a un año de prisión el constructor que no terminó una vivienda proyectada en Esporles y no devolvió 67.476 euros.

Redacción · Esporles 2 min de lectura

La Audiencia de Palma ha condenado a un constructor a un año de prisión por estafar a una pareja que había contratado la construcción de su vivienda familiar en Esporles. El tribunal también le impone una multa de seis meses, con una cuota diaria de cinco euros, y una indemnización de 74.400 euros: 67.400 por el dinero defraudado y 7.000 por daños morales.

La sentencia, que no es firme, ha sido recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares tanto por la defensa como por la acusación particular. La Fiscalía y la acusación habían solicitado seis años de prisión para el empresario, de 52 años y sin antecedentes penales.

Los afectados contactaron con la empresa en junio de 2020, después de adquirir un solar en Esporles. Aceptaron un presupuesto de 271.991 euros y transfirieron 59.838 euros, equivalentes al 20% del coste previsto. En abril de 2021 firmaron el contrato de obra y comenzaron unos trabajos de excavación que fueron subcontratados, pero la empresa no llegó a pagar a la encargada y la obra quedó paralizada.

En julio de ese año, el constructor colocó hormigón de limpieza en el hueco de la piscina y reclamó otros 7.637 euros en metálico tras una primera certificación de obra. La pareja abonó esa cantidad el 23 de julio. Días después, el empresario comunicó que no podía continuar por la situación económica de su compañía y ambas partes resolvieron el contrato con el compromiso de devolver el dinero, algo que nunca llegó a hacer.

La Audiencia considera probado que el acusado conocía la precaria situación de Sogig Projects SL, que acabó extinguiéndose tras entrar en concurso de acreedores, y que mantuvo una apariencia de solvencia sin informar a los clientes. Según la resolución, no destinó el dinero a comprar materiales para la vivienda, sino al pago de otros gastos, e incluso posiblemente a gastos personales.

Además de la pena de prisión y la multa, el tribunal le prohíbe ejecutar materialmente obras durante el tiempo de la condena. La Sala ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas porque el procedimiento estuvo paralizado durante un periodo no razonable, una demora que no atribuye al acusado.

Información elaborada a partir de Diario de Mallorca.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Diario de Mallorca · Ver original

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