El Supremo fija que las víctimas de violencia de género cobrarán la viudedad íntegra
El Supremo establece que las víctimas de violencia de género divorciadas o separadas cobrarán la pensión de viudedad íntegra, sin recortes por la compensatoria.
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que establece que las mujeres víctimas de violencia de género divorciadas o separadas tienen derecho a percibir la pensión de viudedad íntegra tras el fallecimiento de su expareja. Según el fallo, esta prestación no debe reducirse al importe de la pensión compensatoria previa cuando esta última sea de menor cuantía.
La resolución supone un criterio de referencia para la aplicación de la pensión de viudedad en casos de violencia de género, un asunto que afecta a numerosas mujeres en la Comunidad de Madrid y en el conjunto del país que se encuentran en situación de separación o divorcio tras haber sufrido maltrato.
Con esta decisión, el alto tribunal deja sin efecto la minoración de la prestación que se venía aplicando en determinados supuestos, de modo que la beneficiaria puede cobrar la cuantía completa que le corresponde por viudedad.
La sentencia tiene especial relevancia para las vecinas de la capital y de su área metropolitana que puedan encontrarse en esta situación, ya que sienta un precedente que los juzgados y la Seguridad Social deberán tener en cuenta en sus resoluciones.