La compatibilidad que deben pedir los empleados públicos antes de emprender
Los empleados públicos deben pedir autorización antes de iniciar actividades privadas y revisar su nómina, destino y posibles conflictos.
Un funcionario puede invertir, abrir una tienda online o prestar servicios de consultoría, pero debe solicitar antes el reconocimiento de compatibilidad. La Ley 53/1984 alcanza a funcionarios de carrera, interinos y personal laboral, un colectivo que sumaba 3.071.725 empleados públicos en enero de 2026.
La autorización para realizar actividades privadas es independiente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social. Declarar los ingresos ante Hacienda o darse de alta como autónomo no sustituye el permiso de la Administración para la que se trabaja.
La resolución debe estar motivada y dictarse en un plazo de dos meses. En el caso de los ayuntamientos corresponde al Pleno, mientras que en las comunidades autónomas debe resolver el órgano designado. Además, la compatibilidad pierde su efecto cuando el empleado cambia de puesto, por lo que debe solicitarse de nuevo tras un traslado o una promoción.
La nómina también puede ser determinante. Como regla general, no se reconoce la compatibilidad si se perciben complementos que retribuyen expresamente la incompatibilidad o si se ocupa un puesto directivo. Existe una excepción cuando el complemento específico no supera el 30 % de la retribución básica, excluida la antigüedad.
La normativa prohíbe asimismo las actividades privadas directamente relacionadas con el departamento de destino o con asuntos en los que se haya intervenido durante los dos años anteriores. Tampoco permite utilizar la condición de empleado público para impulsar un negocio. En cambio, la administración del patrimonio personal o familiar queda excluida, en principio, del régimen de autorización.
Sanidad, docencia, justicia, las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil cuentan con particularidades, por lo que no siempre sirve como referencia la situación de otro empleado público. Las actividades vinculadas a la gestión de dinero de terceros, la formación financiera o la inversión requieren un análisis específico.
JAP y Asociados, firma con sede en Parla (Madrid), ha desarrollado CompatibleSí, una herramienta de orientación que analiza documentación como la nómina y los datos del puesto. La empresa advierte de que el resultado no sustituye a la resolución administrativa ni al asesoramiento profesional en casos particulares.
La recomendación principal es revisar primero la nómina y el régimen aplicable, comprobar posibles conflictos y presentar la solicitud por escrito antes de iniciar la actividad. Incumplir las normas de incompatibilidades puede constituir una infracción disciplinaria grave o muy grave, con sanciones que pueden llegar a la separación del servicio.