El camionero del siniestro mortal de Níjar niega una maniobra voluntaria
El camionero acusado por el accidente mortal de Níjar niega una maniobra voluntaria y atribuye el siniestro a la vía y la pérdida de adherencia.
El conductor del camión acusado de causar en julio de 2021 la muerte de la directora asistencial del Complejo Hospitalario de Navarra y de su marido ha negado durante el juicio que diera un volantazo. J.F.E. ha asegurado que el vehículo articulado invadió el carril contrario «solo» y ha rechazado que circulase con exceso de velocidad.
Según su declaración ante la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Almería, viajaba a 75 kilómetros por hora y el registro de 92 se debería a un posible fallo del tacógrafo o a un pico provocado por la pérdida de adherencia al salirse a la tierra. El acusado ha explicado que el eje de dirección se desplazó hacia el margen derecho por la estrechez de la vía y que, al intentar recuperar el carril, el eje trasero salió de la calzada y el camión se cruzó.
El procesado también ha negado que estuviera distraído con el teléfono o bajo los efectos de las drogas. Sin embargo, agentes de la Guardia Civil han ratificado que circulaba a 92 kilómetros por hora en un tramo limitado a 70, una velocidad que consideraron un riesgo extremo para un vehículo de unas ocho toneladas en una carretera estrecha y sin arcén.
El especialista en transportes ha confirmado que el tacógrafo registró una desaceleración brusca de 92 a 78 kilómetros por hora en el momento del choque y que el aparato estaba revisado. Los agentes de atestados han descartado fallos mecánicos y han descrito la maniobra evasiva como brusca y desproporcionada. También han confirmado el positivo en cocaína del conductor, que reconoció haber consumido el fin de semana anterior.
La Fiscalía y la acusación particular mantienen la petición de cuatro años de prisión y seis de retirada del carné por dos delitos de homicidio por imprudencia grave. La defensa, ejercida por Mónica Moya, ha solicitado la absolución y, de forma subsidiaria, que los hechos se consideren una imprudencia menos grave, con la aplicación de la atenuante por dilaciones indebidas.
Información elaborada a partir de Diario de Almería.