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JAP y Asociados recuerda que un funcionario debe pedir permiso antes de emprender

JAP y Asociados, firma con sede en Parla, explica los requisitos para que los empleados públicos compatibilicen su puesto con actividades privadas.

Redacción · Parla 2 min de lectura

Compatibilizar un empleo público con una tienda online, trabajos de consultoría o determinadas inversiones puede ser legal, pero la autorización debe solicitarse antes de iniciar la actividad. Así lo explica JAP y Asociados, firma de asesoramiento jurídico, fiscal y empresarial con sede en Parla.

La obligación está recogida en la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, cuyo artículo 14 exige el reconocimiento previo de compatibilidad para actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales ajenas a la Administración.

La norma afecta a funcionarios de carrera, interinos y personal laboral. Pagar impuestos o darse de alta como autónomo no sustituye a la autorización administrativa. La resolución debe ser motivada y dictarse en un plazo de dos meses; en los ayuntamientos, corresponde al Pleno.

JAP y Asociados advierte además de que la compatibilidad queda sin efecto cuando el empleado cambia de puesto, por lo que un traslado o una promoción obliga a presentar una nueva solicitud. El incumplimiento puede constituir una infracción disciplinaria, con sanciones que pueden llegar a la separación del servicio en los supuestos más graves.

Uno de los principales obstáculos se encuentra en la nómina. La ley impide, como regla general, reconocer la compatibilidad cuando se perciben complementos que retribuyen expresamente la incompatibilidad o cuando se ocupa un puesto directivo. Existe una excepción si el complemento específico no supera el 30 % de la retribución básica, excluida la antigüedad.

También deben revisarse posibles conflictos de intereses. No se pueden ejercer actividades privadas directamente relacionadas con las funciones del departamento de destino ni intervenir en asuntos en los que se haya participado durante los dos años anteriores. La administración del patrimonio personal o familiar queda excluida, aunque otras actividades vinculadas a la inversión requieren un análisis individual.

La firma madrileña ha desarrollado CompatibleSí, una herramienta que ofrece una primera orientación a partir de documentos como la nómina o los datos del puesto. El sistema puede detectar posibles obstáculos, aunque no sustituye a la resolución administrativa ni al asesoramiento profesional. La recomendación central es revisar la nómina, confirmar el régimen aplicable y pedir la compatibilidad por escrito antes de empezar.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Europa Press · Ver original

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