El debate sobre la presidencia taurina pone el foco en Pozoblanco
La corrida celebrada en Pozoblanco reabre el debate sobre las responsabilidades de la presidencia taurina y los derechos del público.
La reciente corrida celebrada en Pozoblanco ha reabierto el debate sobre el papel de la presidencia taurina, después de que el público reclamara en dos ocasiones los máximos trofeos y su petición no fuera atendida. El texto defiende que la autoridad del palco debe actuar con criterio, pero también tener en cuenta las demandas mayoritarias de los espectadores dentro de lo que permite la normativa.
La presidencia de un festejo taurino no se limita a conceder trofeos. El Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, y la Ley 10/1991, de 4 de abril, establecen sus responsabilidades. El artículo 37 atribuye a la presidencia la dirección del espectáculo, la garantía de su normal desarrollo y la exigencia del cumplimiento de las disposiciones reglamentarias.
Estas funciones comienzan antes de la corrida, con el reconocimiento de las reses, la revisión de su documentación y la garantía de su integridad, en coordinación con el delegado gubernativo y el equipo veterinario. Durante el festejo, la presidencia ordena el inicio, autoriza los cambios de tercio, da los avisos y concede los trofeos, además de contribuir a proteger a los espectadores y preservar el orden.
El análisis también reclama coherencia entre la categoría de cada plaza y el rigor aplicado, sin convertir la presidencia en una prolongación de los intereses de empresarios o profesionales. A juicio del autor, sus decisiones deben ser imparciales y ajustarse a la legislación vigente, tanto en plazas de primera categoría como en cosos menores como el de Pozoblanco, donde los espectadores tienen los mismos derechos.
El texto critica asimismo la falta de controles sobre la integridad de las defensas y el trapío de algunas reses, así como la ausencia de análisis posteriores de los cuernos para comprobar posibles manipulaciones. La conclusión es que la autoridad presidencial debe ejercerse antes, durante y después de cada corrida para proteger la integridad del espectáculo y los derechos del público.
Información elaborada a partir de El Día de Córdoba.