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El TSJA rebaja a tres años la pena de un guardia civil sevillano que facilitó datos a su excuñado

El TSJA reduce de cuatro a tres años la condena a un guardia civil de Sevilla que facilitó datos policiales a su excuñado a cambio de dinero.

Redacción automática · Sevilla 2 min de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido de cuatro a tres años de cárcel la condena impuesta por la Audiencia de Sevilla a un agente de la Guardia Civil que facilitó a su excuñado, a cambio de una «dádiva o remuneración económica», información asociada a determinadas matrículas de vehículos registradas en las bases de datos de la Benemérita, de acceso exclusivo para los miembros del Cuerpo. La sentencia, fechada el 28 de octubre, ratifica la condena por cohecho pasivo, pero absuelve al agente del delito de descubrimiento y revelación de datos reservados, por el que había sido condenado a un año de prisión.

La Audiencia de Sevilla le había impuesto tres años de prisión, una multa de 2.160 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante nueve años por cohecho pasivo, además de un año de cárcel y otra multa de 2.160 euros por revelación de secretos. Ahora el TSJA estima parcialmente el recurso de apelación de la defensa. El agente aseguró en el juicio que solo filtró «información no reservada».

Según el jurado popular, el excuñado realizaba trabajos remunerados para una agencia de investigación privada y necesitaba datos como la identidad, el domicilio, el seguro y la ITV de los titulares de determinados vehículos. Los hechos ocurrieron entre el 27 de julio y el 21 de septiembre de 2023. El agente, para evitar quedar registrado como solicitante, habría pedido la información a otros compañeros.

El tribunal considera acreditado el cohecho a partir de las conversaciones de WhatsApp entre ambos, que reflejan ofrecimientos y solicitudes de cantidades moderadas de dinero a cambio de los favores. Al mismo tiempo, el TSJA absuelve del delito de revelación de datos porque no se acreditó un perjuicio concreto para los titulares ni para terceros. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Información elaborada a partir de Diario de Sevilla.

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