Saltar al contenido
Lunes, 28 de septiembre de 2026 Edición Alicantet · Alicante/Alacant
29° / 20° Intervalos nubosos
Última hora
Sociedad

La Seguridad Social aclara cuándo empieza a tramitar la jubilación

La Seguridad Social recuerda que adelantar la solicitud de jubilación no garantiza una resolución antes del cese laboral.

Redacción · Alicantet 2 min de lectura

Las personas que vayan a jubilarse pueden presentar la solicitud hasta tres meses antes de dejar de trabajar, pero ese adelanto no garantiza recibir la resolución antes del cese. Según los datos oficiales, el tiempo medio para resolver una pensión de jubilación fue de 7,46 días en julio de 2026, aunque la Seguridad Social dispone de un plazo máximo de 90 días para resolver y notificar.

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, explica que la fecha decisiva es el momento en que se produce la jubilación, conocido como hecho causante. En una jubilación ordinaria de una persona que sigue trabajando, suele coincidir con el cese de la actividad.

Por ejemplo, si un trabajador deja su empleo el 15 de diciembre y presenta la solicitud el 20 de septiembre, no tiene por qué recibir la resolución en septiembre u octubre. La Administración deberá tener en cuenta su situación cuando llegue la fecha efectiva de jubilación.

La solicitud puede realizarse por internet o presencialmente, con cita previa, durante los tres meses anteriores o posteriores al cese. Si se presenta dentro de ese periodo, los efectos económicos comienzan, con carácter general, al día siguiente de dejar de trabajar.

La situación es diferente si la persona solicita la pensión después de haber dejado el empleo. En ese caso, la Seguridad Social ya puede examinar una jubilación que se ha producido. También pueden alargar la tramitación la comprobación de cotizaciones en otros países, los periodos en Clases Pasivas o determinadas modalidades, como la jubilación parcial.

La media de 7,46 días corresponde a los expedientes resueltos en julio y no fija una fecha de respuesta para cada solicitante. El plazo legal de 90 días se cuenta desde la entrada de la solicitud en el registro del INSS, por lo que conviene conservar el justificante y comprobar la fecha registrada. La información resulta de interés para los vecinos de Alicantet que estén preparando su jubilación o la de un familiar.

Información elaborada a partir de Información.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Información · Ver original

Sección

Comentarios

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Deja tu comentario

Los comentarios se revisan antes de publicarse. No se admiten enlaces.

Más de Sociedad en Alicantet

Toda la sección →
Este sitio usa cookies propias y de terceros. Más info