Condenado en Almería a cinco años por agredir sexualmente a una becaria
La Audiencia de Almería condena a cinco años y tres meses a un jefe por tocamientos sexuales reiterados a una trabajadora.
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cinco años y tres meses de prisión a un responsable de una cooperativa por realizar tocamientos sexuales no consentidos de forma reiterada a una trabajadora que dependía directamente de él.
La sentencia, dictada por la Sección Tercera, establece además ocho años de prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella, una indemnización de 15.000 euros más intereses legales, seis años de libertad vigilada y doce años de inhabilitación para actividades que impliquen contacto regular y directo con menores. Contra la resolución cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Los hechos comenzaron después de que la mujer se incorporara al departamento de investigación de la cooperativa en mayo de 2023. Según considera probado el tribunal, el acusado aprovechaba los momentos en que estaban solos para tocarle los muslos, los pechos y la zona genital, por encima y por debajo de la ropa. También vinculaba el trato que recibiría en la empresa a su comportamiento con él y reaccionaba de forma agresiva cuando ella lo rechazaba.
La situación se prolongó hasta el 16 de agosto de 2024, cuando la trabajadora presentó denuncia. La Audiencia señala que sufrió presión psicológica, vergüenza y temor a perder su puesto, además de afectación emocional, síntomas depresivos y ansiedad. Actualmente recibe tratamiento psiquiátrico.
La Sala considera creíble y constante el testimonio de la víctima, que ve corroborado por los informes psicológico y médico-forense. Aunque varios testigos de la defensa no observaron conductas extrañas, el tribunal explica que los tocamientos se producían cuando el acusado y la trabajadora estaban solos.
La Audiencia aprecia un delito continuado de agresión sexual agravado por la relación de superioridad. Absuelve al acusado de acoso sexual, al entender que las conductas quedan absorbidas por las agresiones, y de acoso laboral, al no considerar probado un hostigamiento profesional diferenciado. La acusación particular había solicitado 71.078,88 euros, pero la indemnización por daño moral queda fijada en 15.000 euros.
Información elaborada a partir de Diario de Almería.