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El TSJA absuelve a un auxiliar de La Línea condenado por blanqueo

El TSJA absuelve a un auxiliar de La Línea condenado por blanqueo al no ver probado que conociera el origen ilícito del dinero.

Redacción · Cádiz 2 min de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un auxiliar de la Policía Local de La Línea de la Concepción del delito de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico por el que la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, le había impuesto tres años de prisión y una multa de 300.000 euros.

La Sala de Apelación Penal del tribunal andaluz estima el recurso de su defensa, ejercida por el abogado Juan Luis Moreno Retamino, al considerar que las pruebas no demostraron que D.S.V. conociera el origen ilícito del dinero ni que participara conscientemente en su blanqueo. La sentencia está fechada el 14 de octubre.

El auxiliar figuraba como apoderado de una sociedad utilizada por otros dos encausados en una trama investigada por operaciones realizadas entre 2015 y 2020. La Audiencia consideró probado que intervino en operaciones inmobiliarias para introducir en el circuito legal 147.300 euros procedentes de actividades delictivas.

Entre las operaciones analizadas estaba la compra por 200.000 euros de un terreno urbanizable no sectorizado en El Zabal Bajo, en La Línea, que después fue dividido y vendido por parcelas. El TSJA señala que la condición de apoderado de una empresa cuyo administrador ha cometido un delito no permite deducir automáticamente la participación del representante.

La resolución considera que mantener reuniones con el administrador, gestionar cuentas o intervenir en operaciones inmobiliarias son circunstancias compatibles con una actividad profesional lícita. También destaca que D.S.V. era auxiliar, no agente de la Policía Local, y que no consta que tuviera acceso o consultara bases de datos policiales.

El tribunal concluye que la condena se apoyó en “sospechas genéricas” y no en indicios suficientes para destruir la presunción de inocencia. Los otros dos encausados aceptaron penas de dos años de prisión y multas de 685.214 y 261.402 euros. El fallo puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.

Información elaborada a partir de Europa Sur.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Europa Sur · Ver original

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