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Sucesos

El TSJA absuelve a un hombre condenado por lesionar con un vaso al portero de una discoteca de la Punta San Felipe

El TSJA absuelve a un hombre condenado a 6,5 años por herir con un vaso a un portero de una discoteca de la Punta San Felipe por dudas en la identificación.

Redacción automática · Cádiz 2 min de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado la condena de seis años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre por lesiones graves tras golpear con un vaso en la cara al portero de una discoteca de la zona de ocio de la Punta de San Felipe, en la capital gaditana. El Alto Tribunal andaluz considera que existen "dudas razonables que impiden refrendar el pronunciamiento condenatorio" y absuelve al procesado.

Según la sentencia, los hechos ocurrieron en la madrugada del 28 de noviembre de 2021. Tras un incidente entre los ocupantes de un reservado y otro grupo, entre el que se encontraba el acusado, los controladores de seguridad expulsaron del local a ese grupo. Ya en la calle, un seguridad del bar recibió un golpe en la cara con un vaso de vidrio que le causó heridas graves, con pérdida de agudeza visual en el ojo izquierdo.

La Audiencia de Cádiz dio por probado que el acusado agredió al portero con la intención de lesionarle, y le impuso la pena de seis años y medio de prisión. El procesado recurrió ante el TSJA alegando que la rueda de reconocimiento realizada por uno de los empleados, único que llegó a identificarle, carecía de fiabilidad, y que las declaraciones del resto de trabajadores en el juicio aumentaban esa duda.

El TSJA ha estimado el recurso. Señala que, en la rueda de reconocimiento, el testigo identificó también a otra persona ajena a los hechos como uno de los agresores, lo que evidencia un error. Del mismo modo, otro portero señaló a esa misma persona ajena como quien golpeó al compañero, y la propia víctima también la identificó, aunque reconoció que no llegó a ver quién le golpeó. Para el tribunal, "es patente la carencia de precisión y de suficiente fiabilidad" de las identificaciones.

El TSJA concluye que quedó acreditado que el acusado protagonizó un incidente en el reservado y fue expulsado, y que después se produjo el golpe con el vaso, pero que "no puede establecerse con la necesaria certeza la autoría de esta agresión". Aplicando el principio in dubio pro reo, el tribunal dicta sentencia absolutoria.

Información elaborada a partir de Diario de Cádiz.

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