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Sucesos

La Justicia rechaza una indemnización de 52.127 euros por una caída en patinete

La Justicia rechaza que el Ayuntamiento de Córdoba indemnice con 52.127 euros a una conductora que cayó de su patinete en La Fuensanta.

Redacción · Córdoba 2 min de lectura

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Córdoba ha rechazado el recurso de una conductora de patinete que reclamaba 52.127,89 euros al Ayuntamiento de Córdoba y a una compañía aseguradora por las lesiones sufridas en una caída.

El accidente ocurrió el 12 de mayo de 2023, sobre las 19:49, en la calle Hermanos Pinzones, antes de la intersección con Francisco Pizarro, en el barrio de La Fuensanta. Según el atestado de la Policía Local, la rueda delantera se introdujo en una hendidura situada en el centro de la calzada, lo que hizo que el patinete frenara bruscamente y la conductora saliera despedida contra el asfalto.

La afectada acudió a los tribunales después de que su reclamación patrimonial fuera desestimada presuntamente en marzo de 2024. Durante el procedimiento, el Ayuntamiento y la aseguradora negaron que existiera una relación directa entre el estado de la vía y los daños, y alegaron que el desperfecto era visible y que pudo influir la falta de atención o la inestabilidad del vehículo.

La sentencia señala que la responsabilidad patrimonial de la Administración no la convierte en una «aseguradora universal de cualquier daño que sufran los particulares». El juez considera que el bache se encontraba dentro del «estándar medio de conservación de la vía pública» y que, por tanto, no se acreditó el nexo de causalidad necesario para responsabilizar al Ayuntamiento.

El magistrado también destaca las limitaciones de los patinetes eléctricos, cuyas ruedas de «reducido diámetro» dificultan la absorción de impactos. Al tratarse de una vía destinada principalmente a vehículos de motor, concluye que una «conducción no atenta del patinete» fue el factor determinante del accidente.

El juzgado no ha impuesto las costas a la demandante al apreciar «serias dudas de hecho» en el procedimiento, dada la existencia acreditada del desperfecto en la calzada.

Información elaborada a partir de El Día de Córdoba.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de El Día de Córdoba · Ver original

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