La banca compensará con un día libre los festivos de verano en sábado
La banca deberá compensar con un día libre los festivos de verano que caigan en sábado, según una sentencia de la Audiencia Nacional.
La Audiencia Nacional ha establecido que los bancos deberán conceder un día de libranza a sus empleados cuando un festivo caiga en sábado entre el 1 de abril y el 30 de septiembre y coincida con un día de descanso semanal o de libranza previamente asignado.
La decisión responde a una demanda sindical y afecta a las entidades sujetas a los convenios de banca y de ahorros, que cubren actualmente a unas 160.000 personas. La medida se aplicará también en Murcia al personal incluido en esos convenios.
El fallo obliga este año a conceder un día adicional por el 15 de agosto, que cayó en sábado. La compensación deberá disfrutarse en un plazo máximo de 14 días.
La sentencia declara que no se ajusta a derecho la práctica generalizada de no compensar los festivos laborales estatales, autonómicos o locales cuando coinciden con un sábado. Sin embargo, quedan fuera los festivos que se celebren entre el 1 de octubre y el 31 de marzo, como Sant Esteve, el 26 de diciembre, en Catalunya.
El próximo año la repercusión será mayor, ya que el Primero de Mayo y el Día de Navidad caerán en sábado. La sentencia todavía no es firme y la patronal y los sindicatos pueden recurrirla ante el Tribunal Supremo.
La Audiencia Nacional aplica el mismo criterio reconocido recientemente a los trabajadores del sector de atención telefónica y a los funcionarios catalanes.
Información elaborada a partir de La Opinión de Murcia.