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El nuevo carril de emergencia será obligatorio en los atascos desde octubre

La reforma de Tráfico obliga a crear un carril de emergencia en los atascos y endurece las normas para ciclistas, motos y VMP desde el 1 de octubre.

Redacción · Palma 2 min de lectura

La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor este jueves 1 de octubre con nuevas obligaciones para ciclistas, motoristas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores que circulen por vías interurbanas. Entre las principales novedades figura la obligación de dejar un espacio central libre en las retenciones para facilitar el paso de la Policía y de los servicios de emergencia.

Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o permanezcan detenidos por un atasco, deberán apartarse para crear este denominado carril de emergencia. La modificación fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 23 de junio y, según la Dirección General de Tráfico (DGT), busca adaptar las normas a los cambios de movilidad de las últimas dos décadas.

La nueva regulación elimina las exenciones al uso del casco en vías interurbanas, por lo que todos los ciclistas deberán llevarlo. Los profesionales que trabajen en bicicleta tendrán que utilizar además casco y chaleco reflectante en todo momento, con una sanción de 200 euros por incumplir esta obligación. Para adelantar a una bicicleta, los conductores deberán reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite y, cuando haya más de un carril por sentido, cambiar completamente de carril y mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.

Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Estas obligaciones se consideran infracciones graves y pueden acarrear multas de 200 euros. Las motos podrán circular por el arcén derecho en caso de congestión, si el tramo está señalizado y no se superan los 30 km/h. Los repartidores profesionales en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante.

En el caso de los VMP, la edad mínima para conducirlos queda fijada en 15 años y el casco será obligatorio. También deberán llevar chaleco reflectante durante la noche o con poca visibilidad, y los usuarios profesionales tendrán que utilizarlo permanentemente. Estos incumplimientos podrán sancionarse con 200 euros. Además, los VMP deberán circular siempre con las luces encendidas.

La reforma también establece que, al rebasar vehículos inmovilizados, habrá que mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite. En autopistas y autovías afectadas por la nieve estará prohibido adelantar: los vehículos deberán usar el carril derecho y dejar el izquierdo libre para emergencias y quitanieves. La norma afecta a quienes se desplacen desde Palma y el resto de Mallorca por vías interurbanas.

Información elaborada a partir de Diario de Ibiza.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Diario de Ibiza · Ver original

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