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Turismo

La UE amplía los derechos de los pasajeros aéreos desde octubre de 2027

La UE amplía los derechos de los pasajeros aéreos y obliga a compañías y agencias a adaptar sus procedimientos desde octubre de 2027.

Redacción · Palma 2 min de lectura

La Unión Europea ha aprobado una actualización de las normas que protegen a los pasajeros aéreos. El Reglamento (UE) 2026/2202, publicado el 2 de octubre en el Diario Oficial de la Unión Europea, modifica, entre otras normas, el Reglamento 261/2004 sobre denegaciones de embarque, cancelaciones y grandes retrasos. Su aplicación efectiva comenzará el 23 de octubre de 2027.

La reforma amplía y concreta los derechos de los viajeros ante cambios de horario, pérdida de vuelos de conexión, cambios de clase y problemas con el equipaje. El adelanto de un vuelo de más de una hora se considerará una cancelación, con derecho a reembolso, transporte alternativo y, cuando corresponda, compensación económica.

El nuevo reglamento también reconoce expresamente el derecho a llevar gratuitamente un accesorio personal en cabina y establece nuevas condiciones sobre el equipaje de mano. Además, no se podrá denegar el embarque por presentar una tarjeta impresa por el pasajero si es legible ni cobrar por imprimirla cuando ya se haya realizado el check-in.

En los itinerarios contratados mediante un único contrato, la aerolínea deberá ofrecer transporte alternativo y asistencia si una incidencia provoca la pérdida de una conexión. También podrá existir derecho a compensación si el pasajero llega al destino final con más de tres horas de retraso. La compañía tampoco podrá impedir el embarque de vuelta únicamente porque no se haya utilizado el trayecto de ida.

La normativa define las circunstancias extraordinarias, aunque las aerolíneas deberán demostrar que existe una relación causal con la incidencia y que adoptaron medidas razonables para evitarla. Asimismo, refuerza la elección del pasajero entre reembolso y transporte alternativo, regula el uso de vales y concreta la asistencia durante las esperas, incluidos alimentos, bebidas, comunicaciones y determinados derechos en caso de retrasos en pista.

Según explica María de Lluch Mir Rey, abogada de Legal Steps, las nuevas obligaciones también afectarán a agencias de viajes e intermediarios. Antes de la compra deberán informar sobre el tipo de contrato, los derechos del pasajero, el equipaje y los procedimientos de reclamación. La reforma tendrá incidencia para los viajeros que utilizan el transporte aéreo desde Palma y para las empresas turísticas de las Illes Balears, que disponen hasta octubre de 2027 para adaptar sus procedimientos.

Información elaborada a partir de IB Economía.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de IB Economía · Ver original

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