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Un abogado alerta de que los desahucios pueden alargarse durante años en Mallorca

Un abogado alerta de que los desahucios pueden tardar años en Mallorca y pide distinguir entre okupación e inquiokupación.

Redacción · Palma 2 min de lectura

El abogado especializado en derecho inmobiliario Pedro Munar advierte de que los procedimientos de desahucio por okupación o impago pueden prolongarse durante años en Mallorca, pese a que la teoría fija un plazo inferior a seis meses. El experto atribuye esta situación a la incertidumbre legislativa y a los incidentes judiciales que pueden provocar suspensiones.

Munar, socio de Balear Abogados, considera que el real decreto ley sobre vivienda, en vigor desde este jueves, puede reducir la oferta de alquiler al aumentar la inseguridad percibida por los propietarios. También critica la forma en la que se ha aprobado la norma y la define como una política de vivienda basada en «remiendos legislativos».

El abogado diferencia entre okupación e inquiokupación. La primera se produce cuando se accede a una vivienda sin autorización, lo que puede constituir allanamiento de morada o usurpación. En la segunda, el acceso fue inicialmente legítimo, normalmente mediante un contrato de alquiler, pero posteriormente se deja de pagar o no se entrega el inmueble. Según explica, el impago es, en principio, un incumplimiento contractual y debe abordarse por la vía civil.

Respecto a la posibilidad de recuperar la vivienda, Munar señala que el propietario puede solicitar el desahucio y reclamar las cantidades pendientes, aunque el tiempo depende de las notificaciones, la oposición del inquilino y las eventuales suspensiones. «Exprés» —afirma— describe mejor una cafetera que una previsión judicial de desahucio.

Sobre Mallorca, el abogado asegura que su impresión profesional es que los casos de inquiokupación han aumentado, aunque reconoce que no dispone de una estadística específica que permita afirmarlo de forma general. También pide distinguir entre denuncias por okupación, procedimientos de alquiler y desahucios ejecutados, ya que no son magnitudes equivalentes.

Munar cita como especialmente relevante una sentencia del Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo del 24 de junio de 2026. Además, advierte de que los propietarios no deben cortar los suministros por su cuenta, ya que esta actuación podría acabar provocando un procedimiento penal contra ellos.

Información elaborada a partir de Ultima Hora.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Ultima Hora · Ver original

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