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Hacienda cobra hoy el segundo plazo de la Renta a los contribuyentes que fraccionaron el pago

Hoy 5 de noviembre Hacienda cobra el segundo plazo de la Renta 2025 a quienes fraccionaron el pago. Plazo, cómo pagar y recargos si no se abona.

Redacción automática · Las Palmas de Gran Canaria 2 min de lectura

La Agencia Tributaria cobra este 5 de noviembre el segundo plazo del IRPF a los contribuyentes que presentaron la Declaración de la Renta con resultado a pagar y optaron por fraccionar la deuda. Según recoge La Provincia, este cargo corresponde al 40% restante de la cuota, después de haber abonado el 60% al presentar la declaración, y supone prácticamente el cierre de la campaña de la Renta 2025, salvo en casos con otras deudas, aplazamientos o procedimientos pendientes.

Los datos de Hacienda reflejan unas 7,5 millones de declaraciones con resultado a pagar, de las que 5,2 millones optaron por el fraccionamiento. Dentro de ese grupo, unos 240.000 contribuyentes canarios tendrán que afrontar este pago. El plazo termina hoy, 5 de noviembre de 2026, inclusive, según el calendario oficial, y pagar dentro de él evita intereses y recargos.

El cargo solo afecta a quienes eligieron el fraccionamiento ordinario. No tienen que pagar este segundo ingreso quienes abonaron toda la deuda de una vez o quienes obtuvieron devolución. Si el pago estaba domiciliado, el banco lo cargará en la cuenta indicada, aunque la hora del cargo puede variar. Quienes no lo domiciliaron deben ingresarlo mediante el modelo 102, disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, o en una entidad bancaria colaboradora.

Si el cargo no puede realizarse y vence el periodo voluntario sin pago, comienza el periodo ejecutivo, con recargos según el momento del pago: un 5% si se abona antes de recibir la providencia de apremio, un 10% si se paga dentro del plazo concedido tras esa notificación, y un 20% en los demás casos, que además puede llevar intereses de demora. Los contribuyentes con dificultades económicas pueden solicitar un aplazamiento o fraccionamiento a través de la Sede Electrónica, aunque la concesión no es automática y Hacienda estudia cada caso. El límite general para solicitarlo sin garantías es de 50.000 euros.

El artículo advierte, además, de que este pago no excluye otras obligaciones fiscales independientes, como los pagos trimestrales del IRPF de los autónomos o una liquidación posterior si Hacienda detecta errores o ingresos no declarados.

Información elaborada a partir de La Provincia.

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