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Sucesos

La Justicia ordena readmitir al jefe de la Policía Canaria cesado en 2024

La Justicia anula en Santa Cruz de Tenerife el cese de Luis Santos Jara como jefe de la Policía Canaria y ordena su reincorporación retroactiva.

Redacción · Santa Cruz de Tenerife 2 min de lectura

La Justicia ha anulado el cese de Luis Santos Jara como jefe del Cuerpo General de la Policía Canaria y ha avalado su reincorporación con efectos retroactivos a abril de 2024. La sentencia fue dictada el 8 de octubre de 2026 por la magistrada de la Plaza número cuatro de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santa Cruz de Tenerife.

El fallo estima el recurso presentado por Santos Jara contra su destitución, reconoce sus derechos administrativos y económicos desde la fecha del cese y condena en costas a la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias. La resolución, que puede recurrirse en casación, concluye que la decisión administrativa no se ajustó a Derecho.

Santos Jara había sido nombrado en comisión de servicios el 25 de enero de 2023 para ocupar la jefatura hasta la incorporación de su titular. La Administración sostuvo durante el juicio que no era titular de la plaza y que la revocación de la comisión no constituía una sanción, sino una decisión motivada por circunstancias concretas.

La jueza considera, sin embargo, que ni la orden de suplencia ni la resolución de revocación explicaron con claridad los motivos del cese. También señala que no consta que el titular de la plaza se incorporara antes de la salida de Santos Jara ni que se aportaran informes, expedientes disciplinarios u otras actuaciones que justificaran la decisión por una causa distinta.

Los hechos se produjeron entre abril y mayo de 2024. Santos Jara regresó el 25 de abril de una baja médica y al día siguiente se acordó la suplencia de la jefatura y se designó a Antonio Almenara Barroso. El 10 de mayo se revocó la comisión de servicios de Santos Jara, con efectos desde el 26 de abril. La sentencia destaca la coincidencia temporal, aunque no determina que el cese fuera una represalia.

La magistrada también cuestiona el nombramiento de Almenara, al constar en el expediente que era subinspector y ejercía funciones de comisario principal en comisión de servicios. Según el fallo, la Administración no acreditó que pudiera asumir la suplencia ni que no hubiera otros mandos con prioridad. La sentencia menciona además que un expediente de información reservada abierto a Santos Jara fue archivado.

Información elaborada a partir de El Día.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de El Día · Ver original

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