Así afectan a Sevilla los nuevos decretos sobre alquiler y vivienda
Los nuevos decretos de vivienda cambian alquileres, compraventas y pisos turísticos, aunque los topes dependerán de las zonas tensionadas.
Los dos Reales Decretos-ley de vivienda publicados en el BOE introducen cambios para propietarios e inquilinos en Sevilla. El primero, que entra en vigor este jueves 8 de octubre, limita hasta el 31 de diciembre de 2030 determinadas compras de viviendas por parte de entidades consideradas especulativas cuando se realicen por debajo del 70% de su valor de mercado.
El segundo decreto contempla una prórroga forzosa de los contratos de alquiler por periodos sucesivos, además de limitar el uso de contratos temporales para necesidades permanentes, regular el alquiler por habitaciones y prohibir que el inquilino pague los gastos de gestión inmobiliaria y formalización. Su entrada en vigor está prevista para el 15 de noviembre, siempre que sea convalidado por la Diputación Permanente.
Las medidas también incluyen una prórroga extraordinaria de hasta dos años para determinados contratos de vivienda habitual y límites a las actualizaciones de renta hasta el 31 de diciembre de 2027. Cuando no exista un nuevo acuerdo entre las partes, la subida no podrá superar el 2% en los casos previstos. Además, se establece una deducción fiscal del 10% para determinados inquilinos con rentas inferiores a los límites fijados.
Los topes de alquiler solo se aplicarán en zonas declaradas oficialmente como de mercado residencial tensionado. Esa declaración corresponde a la Junta de Andalucía, por lo que no se aplicará automáticamente en toda Sevilla. El texto señala que está por determinar si áreas como Triana, Los Remedios o el Casco Antiguo serán declaradas zonas tensionadas.
En esas zonas, el nuevo alquiler tendrá como referencia la última renta vigente en la vivienda durante los cinco años anteriores, con las actualizaciones correspondientes. Para los grandes tenedores se aplicará además el límite máximo del sistema estatal de índices de precios de alquiler. La suma de las rentas de las habitaciones alquiladas en una misma vivienda tampoco podrá superar el precio del alquiler del inmueble completo, una medida que puede afectar especialmente al mercado para estudiantes en zonas como Reina Mercedes, Macarena o Viapol.
En cuanto a los pisos turísticos, los ayuntamientos de municipios situados en zonas tensionadas podrán aplicar un recargo del IBI de hasta el 50%, que podría llegar al 100% para titulares con dos o más inmuebles y al 150% con cuatro o más. Sevilla ya limita estas viviendas al 10% del total en cada uno de sus 108 barrios y no concede nuevas licencias en áreas que superan ese porcentaje, entre ellas el Casco Antiguo y Triana.
Información elaborada a partir de ABC Sevilla.