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Sucesos

La Audiencia Nacional indemniza con 30.000 euros a un guardia preso en Sevilla

La Audiencia Nacional indemniza con 30.000 euros a un guardia civil que pasó 420 días preso, incluidos varios meses en Sevilla.

Redacción automática · Sevilla 2 min de lectura

La Audiencia Nacional ha fijado en 30.000 euros la indemnización para un guardia civil destinado en Ceuta que permaneció 420 días en prisión preventiva, parte de ellos en un centro penitenciario de Sevilla, antes de ser absuelto de todos los delitos que se le imputaban.

El agente fue detenido el 8 de marzo de 2016 durante una operación de la Policía Nacional contra una organización dedicada a introducir grandes cantidades de hachís en la península. Se enfrentaba a una petición de 18 años de cárcel y a multas superiores a 25 millones de euros por delitos contra la salud pública, blanqueo de capitales y alzamiento de bienes.

El juez ordenó inicialmente su ingreso en una prisión de Sevilla. En julio de ese año fue trasladado a la prisión militar de Alcalá de Henares, donde permaneció hasta el 3 de mayo de 2017, cuando quedó en libertad bajo fianza. Tras el juicio, fue absuelto en 2023.

El guardia civil reclamaba 202.000 euros por los perjuicios materiales y morales derivados de la privación de libertad. En su demanda alegó, entre otros daños, la interrupción de su carrera profesional, la separación de su familia y el deterioro de su reputación, además de problemas de salud psíquica.

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha reconocido los daños morales asociados a la prisión, como la angustia, el temor, la frustración, la repercusión en el honor y la separación del entorno familiar, social y laboral. Sin embargo, ha rechazado indemnizar de forma específica los daños reputacionales vinculados al proceso penal.

El abogado del agente, José María Calero, estudia recurrir en casación ante el Tribunal Supremo para intentar elevar la compensación hasta los 202.000 euros solicitados. La sentencia señala que los perjuicios derivados de la difusión mediática del procedimiento deben canalizarse, en su caso, mediante el derecho al olvido.

Información elaborada a partir de Diario de Sevilla.

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