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Sociedad

Las parejas de hecho con hijos podrán pedir la viudedad sin registro previo

Las parejas de hecho con hijos podrán acceder a la viudedad sin registro, si acreditan dos años de convivencia.

Redacción · Sevilla 2 min de lectura

El Gobierno ha aprobado un cambio en la pensión de viudedad mediante el Real Decreto-ley 31/2026. Las parejas de hecho con hijos en común podrán acceder a esta prestación sin estar casadas ni inscritas en un registro oficial, siempre que acrediten al menos dos años de convivencia ininterrumpida.

La modificación también contempla a convivientes que no puedan demostrar un vínculo matrimonial o de pareja de hecho formalizado. Según explica Alberto Venegas, abogado laboralista de Muñoz de Priego y Pérez Abogados, deberán probar cinco años de convivencia si no tienen hijos y dos años cuando sí los tienen, mediante documentos como el certificado de empadronamiento.

Venegas señala que las principales denegaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se deben al incumplimiento de los requisitos, especialmente los relacionados con las cotizaciones de la persona fallecida. También recuerda que, si la solicitud se presenta después de 90 días, se pierde la retroactividad correspondiente, aunque la prestación pueda reconocerse desde la fecha de solicitud.

La pensión puede compatibilizarse con un trabajo a jornada completa. En cambio, el subsidio para mayores de 52 años está sujeto a límites de ingresos. Además, la retención de IRPF debe ajustarse al conjunto de las rentas del beneficiario, por lo que el abogado recomienda valorar cada caso para evitar pagos posteriores.

Ante una resolución administrativa desfavorable, el plazo general para reclamar es de un mes, salvo los periodos específicos de alegaciones. La renuncia ante notario a una herencia con deudas o embargos no elimina el derecho a la pensión de viudedad, ya que, según Venegas, se trata de derechos independientes.

La medida afecta también a los residentes en Sevilla y en el resto de Andalucía que se encuentren en estas situaciones familiares, aunque el texto no aporta datos específicos sobre beneficiarios de la provincia.

Información elaborada a partir de ABC Sevilla.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de ABC Sevilla · Ver original

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