Sevilla ultima una ordenanza para regular los eventos en la Plaza de España
Sevilla tramita una ordenanza para regular los eventos en la Plaza de España y reforzar la seguridad jurídica de sus autorizaciones.
El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo de Sevilla aprobará este martes el proyecto de ordenanza que regulará los usos de la Plaza de España. El documento pasará después a la Junta de Gobierno Local para continuar su tramitación administrativa.
La norma incorpora cambios tras dos informes jurídicos, uno de la Secretaría de la Gerencia de Urbanismo, fechado el 30 de julio, y otro de la Intervención municipal, del 11 de septiembre. La principal modificación afecta al artículo 16, que abandona la referencia a un supuesto excepcional de otorgamiento directo y vincula las autorizaciones a la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y a la normativa andaluza sobre patrimonio local.
Según el texto, este cambio pretende reforzar la seguridad jurídica del Ayuntamiento de Sevilla al conceder autorizaciones para eventos como Icónica y evitar acusaciones de discrecionalidad o posibles recursos. La ordenanza mantiene la prioridad para actividades plurianuales y singulares, cuya planificación corresponderá a la Mesa Directiva de Coordinación.
El promotor responderá directamente de los daños que cause a terceros o al Ayuntamiento, incluida la responsabilidad por negligencia inexcusable. También se reorganizan las infracciones graves y muy graves para evitar defectos formales que pudieran provocar la nulidad de la norma. La garantía económica deberá abonarse antes del inicio de la ocupación autorizada, en lugar de antes de concederse el permiso.
La ordenanza clasifica los eventos en función de su impacto. Los de bajo impacto durarán hasta siete días y tendrán menos de 300 asistentes; los de impacto medio se extenderán entre siete y 21 días y reunirán entre 301 y 1.000 personas; y los de alto impacto durarán 21 días o más y superarán los 1.001 asistentes. También se contemplan actividades plurianuales, como ciclos o espectáculos escénicos que se repiten cada año.
El periodo máximo de ocupación será de 45 días al año por promotor y podrá ampliarse a 60 en eventos de especial complejidad, incluidos los montajes y desmontajes. Si se solapan actividades que utilizan las mismas instalaciones, no podrán superar conjuntamente los dos meses, y la plaza deberá permanecer libre al menos un mes entre actos. Las solicitudes deberán presentarse entre 45 días y nueve meses antes, según la categoría del evento.
Información elaborada a partir de ABC Sevilla.