Vigo deberá pagar 19.904 euros a cuatro empleados por fallos preventivos
El Concello de Vigo deberá indemnizar con 19.904 euros a cuatro empleados por incumplir sus obligaciones de prevención de riesgos psicosociales.
El Concello de Vigo ha sido condenado a indemnizar con un total de 19.904 euros a cuatro trabajadores municipales por vulnerar su derecho a la integridad física y moral debido a incumplimientos en prevención de riesgos laborales. La sentencia obliga también al Ayuntamiento a evaluar los riesgos psicosociales de sus puestos y aplicar medidas preventivas.
La resolución, dictada el 14 de septiembre por el Juzgado número 3 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Vigo, estima parcialmente la demanda de cuatro técnicos del Servicio de Orientación Laboral (SOL), con una antigüedad de entre 17 y 28 años. Dos trabajadoras recibirán 7.501 euros cada una y los otros dos empleados, 2.451 euros por persona.
El tribunal considera acreditado que el Concello no actuó pese a las advertencias de la Inspección de Trabajo y a un informe de Quirónprevención de noviembre de 2019. En el área de Orientación Laboral, el 99% de las valoraciones reflejaba un riesgo «muy elevado» en participación y supervisión, relaciones y apoyo social, y desempeño del rol profesional.
La Inspección requirió al Ayuntamiento en febrero de 2021 que eliminase, controlase o redujese los riesgos detectados. Aunque se creó un grupo de trabajo y se celebraron tres reuniones, la sentencia señala que no se acreditaron actuaciones suficientes desde mayo de ese año. Nuevas denuncias en 2022 y 2025 llevaron a requerimientos adicionales para revisar las cargas de trabajo, la comunicación interna y la planificación preventiva.
La resolución relaciona la situación laboral con problemas de salud acreditados en dos demandantes: una estuvo de baja entre agosto de 2023 y julio de 2024 por ansiedad reactiva y otra inició una incapacidad temporal en diciembre de 2024 con diagnóstico de trastorno de ansiedad. La magistrada concluye que existía un «riesgo grave, cierto y determinado» para la salud y rechaza que los hechos hubieran prescrito al tratarse de una obligación continuada.
La sentencia no es firme y puede recurrirse ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. El Concello sostuvo durante el procedimiento que había cumplido sus obligaciones preventivas y que no existía una vulneración de derechos fundamentales ni daños indemnizables.
Información elaborada a partir de Faro de Vigo.