Deniegan el visado a la mujer contratada para trabajar en un hogar de Zaldibia
El TSJ de Madrid confirma la denegación del visado a una mujer pakistaní contratada como empleada del hogar en Zaldibia.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la denegación del visado a una mujer pakistaní que iba a trabajar como empleada del hogar en un domicilio de Zaldibia. La autorización inicial de residencia y trabajo había sido concedida en marzo de 2024 para un contrato indefinido de 40 horas semanales y un salario de 1.260 euros mensuales.
La solicitante acudió después a la Embajada de España en Islamabad para completar el trámite. Durante la entrevista, reconoció que solo hablaba urdu y que no conocía el castellano, el inglés ni el euskera. La representación diplomática consideró que sus respuestas no acreditaban suficientemente que conociera las características esenciales del puesto.
Según la resolución, el conocimiento del idioma podía ser necesario para tareas habituales del empleo, como hacer compras o identificar productos de limpieza y alimentación. La Embajada también expresó dudas sobre la capacidad de la solicitante para desenvolverse en las relaciones externas del trabajo.
La mujer recurrió la decisión al entender que la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa ya había validado el contrato y que el Consulado no podía cuestionarlo. Sin embargo, los magistrados han respaldado la actuación consular.
La sentencia señala que una autorización previa de residencia y trabajo no obliga automáticamente a conceder el visado. Las oficinas consulares pueden comprobar la documentación y valorar si existen dudas sobre la realidad de la relación laboral. El tribunal no considera demostrado que la oferta fuera falsa, pero entiende que había motivos suficientes para mantener la denegación, por lo que la trabajadora no podrá viajar a Zaldibia con ese permiso.
Información elaborada a partir de El Diario Vasco.