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Sanidad

El Supremo reconoce 70.000 euros a una pareja por una vasectomía fallida

El Supremo indemniza con 70.000 euros a una pareja por un embarazo tras una vasectomía fallida y falta de información.

Redacción · Bilbao 2 min de lectura

El Tribunal Supremo ha reconocido una indemnización total de 70.000 euros, 35.000 para cada cónyuge, a una pareja cuyo embarazo se produjo tras fracasar una vasectomía realizada en un centro sanitario público de la Comunidad de Madrid.

La intervención no logró la esterilización porque se produjo una recanalización espontánea de los conductos deferentes. Tanto la Administración sanitaria como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid admitieron que hubo un déficit de información sobre ese riesgo, pero inicialmente solo indemnizaron al paciente y rechazaron la reclamación de su esposa.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha determinado ahora que la pareja del paciente sí puede reclamar una indemnización propia cuando la falta de información médica le causa un perjuicio autónomo. La sentencia señala que el derecho al consentimiento informado pertenece exclusivamente al paciente, al ser personalísimo, pero que las consecuencias de su vulneración pueden afectar también a su pareja.

El tribunal considera que la ausencia de información sobre la posibilidad de recanalización impidió a ambos tomar decisiones plenamente informadas sobre planificación familiar y métodos anticonceptivos. En el caso de la mujer, aprecia un daño propio relacionado con la frustración de su capacidad de autodeterminación reproductiva.

La sentencia fija como doctrina que la pareja estable del paciente puede reclamar responsabilidad patrimonial por los perjuicios propios derivados de la omisión de información relevante sobre el riesgo de fracaso de una vasectomía. El Supremo anula el fallo del tribunal madrileño y reconoce a ambos cónyuges 35.000 euros, más los intereses legales.

El caso procede de la Comunidad de Madrid y no tiene una conexión específica con Bilbao, aunque la doctrina establecida por el Supremo puede aplicarse a reclamaciones similares en cualquier territorio.

Información elaborada a partir de Deia.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Deia · Ver original

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