La JEC exige más pruebas a los nacionalizados del CERA para elegir municipio
La JEC refuerza la justificación exigida a los electores del CERA para elegir municipio y circunscripción, incluidos los nacionalizados por la ley de nietos.
La Junta Electoral Central (JEC) ha aprobado este jueves, con modificaciones, las propuestas de la Oficina del Censo Electoral para endurecer los requisitos que deben cumplir los electores residentes en el extranjero al justificar el municipio en el que se inscriben y, por tanto, la circunscripción donde votan.
La medida afecta también a los nacionalizados mediante la llamada 'ley de nietos'. En julio, la JEC ya advirtió de que la elección del municipio debía estar suficientemente motivada cuando no coincidiera con el último domicilio del elector en España.
La normativa vigente establece que quienes hayan residido en España deben inscribirse en el municipio de su última residencia. Si optan por otro, tienen que presentar una declaración explicativa y documentos que justifiquen esa elección.
En cambio, esta obligación no se aplicaba hasta ahora a los descendientes de exiliados españoles que nunca vivieron en el país. Estos pueden inscribirse en el municipio de mayor arraigo propio o de alguno de sus ascendientes, aunque la orden ministerial no concreta cómo deben acreditarlo.
Según datos del Gobierno correspondientes a abril, el 82,54% de los inscritos en el CERA tenía como municipio electoral el mismo que su última residencia en España. En el 17,46% de los casos ambos municipios eran distintos.
La Oficina del Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estadística (INE), trasladó sus recomendaciones a la JEC, que ahora las ha asumido con cambios. La decisión afecta al funcionamiento del voto exterior y, por ello, también a los electores vinculados a Bilbao o a otros municipios vascos que residan fuera de España.
Información elaborada a partir de Deia.