La justicia europea permite reclamar cobros abusivos más allá de tres años
El TJUE permite reclamar cobros derivados de cláusulas abusivas aunque hayan pasado más de tres años desde su aplicación.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los consumidores pueden reclamar la devolución de cantidades cobradas mediante una cláusula abusiva aunque hayan pasado más de tres años desde su aplicación.
La corte considera contrario al Derecho comunitario que el vencimiento de ese plazo permita conservar importes derivados de una condición contractual que posteriormente haya sido declarada inválida. El caso procede de Alemania, donde se suscribió en 2012 un contrato de calefacción urbana entre la sociedad civil Glarner y la energética SVB.
El acuerdo incluía una fórmula de revisión de tarifas que permitió aplicar subidas entre 2015 y 2020. Tras recurrir los aumentos, el cliente logró que la justicia alemana declarase abusiva la cláusula, aunque la jurisprudencia del país impedía reclamar las cantidades no impugnadas dentro de los tres años siguientes.
El TJUE ha rechazado ese límite porque impediría recuperar parte del dinero cobrado en aplicación de una condición abusiva. También recuerda que, una vez eliminada la cláusula, el contrato debe seguir vigente en principio sin ella. Solo podrá sustituirse por una disposición nacional si es necesario para evitar la anulación completa del contrato y esta perjudica al consumidor.
Además, el tribunal europeo considera incompatible con la normativa comunitaria que el proveedor modifique unilateralmente una cláusula de revisión de precios declarada inválida. Ahora deberán resolver el litigio los tribunales alemanes, aunque la interpretación del TJUE vincula también a los órganos judiciales de otros Estados miembros, incluido el Estado español, cuando aborden casos similares. La resolución puede resultar de interés para consumidores de Bilbao y del conjunto de Euskadi afectados por condiciones contractuales abusivas.
Información elaborada a partir de Deia.