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Sucesos

Una comunidad de vecinos de Madrid deberá pagar casi 49.000 euros a un restaurante cerrado 47 días por obras

La Audiencia de Madrid confirma que una comunidad pague 49.011,97 € a un restaurante cerrado 47 días por obras en el saneamiento del edificio.

Redacción automática · Bilbao 2 min de lectura

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a una comunidad de propietarios que deberá indemnizar con 49.011,97 euros a un restaurante que tuvo que cerrar durante 47 días por obras en la red de saneamiento del edificio. El tribunal considera acreditados los perjuicios económicos sufridos por los responsables del establecimiento, que tuvieron que recurrir a sus ahorros personales para mantener el negocio mientras permanecía sin actividad.

La resolución desestima el recurso presentado por la comunidad de vecinos contra la decisión adoptada en marzo de 2025 por la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, que ya había establecido la obligación de abonar esa cantidad a los propietarios del restaurante.

Durante los 47 días que duraron las obras, los responsables del local tuvieron que seguir haciendo frente a los gastos fijos necesarios para mantener el negocio, pese a no obtener ningún ingreso. Entre ellos figuraban los recibos de electricidad, el alquiler del local, las cotizaciones a la Seguridad Social, los alimentos y bebidas, los servicios de vigilancia y las pólizas de seguros.

El tribunal considera razonable la indemnización, ya que los hosteleros tuvieron que afrontar todos esos pagos con su propio patrimonio para conservar el negocio y mantenerlo preparado para reanudar la actividad una vez terminadas las obras. La resolución destaca que, en ese periodo, los propietarios carecieron de ingresos procedentes del restaurante.

El cierre fue consecuencia de los daños provocados por la rotura de la red de saneamiento del inmueble, que causó grietas y el hundimiento del suelo. La Audiencia Provincial también reprocha a la comunidad la falta de diligencia en el mantenimiento de las instalaciones, y subraya que la antigüedad del edificio obligaba a extremar las comprobaciones sobre el estado de la red para evitar un deterioro como el que finalmente se produjo.

La sentencia puede todavía ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Aunque el caso se ha juzgado en Madrid, sirve de referencia para cualquier comunidad de vecinos de la provincia y de otras ciudades, incluida Bilbao, sobre la responsabilidad en el mantenimiento de los edificios cuando un local queda cerrado por averías.

Información elaborada a partir de Deia.

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