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El TSJA invalida varios artículos del convenio de la Vid de Cádiz

El TSJA anula tres apartados del convenio de la Vid de Cádiz por reducir permisos laborales y no ajustarse a la normativa de igualdad.

Redacción · Cádiz 2 min de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado tres apartados del XXVII Convenio Colectivo de la Vid de la provincia de Cádiz por considerar que establecían condiciones inferiores a las previstas en la legislación laboral. La sentencia, dictada el 24 de septiembre de 2026, afecta a los apartados 1 y 2 del artículo 43 y al artículo 49 del convenio, vigente entre 2024 y 2028.

La resolución da la razón a UGT-FICA, que participó en la negociación, pero no firmó el acuerdo suscrito por Fedejerez y CCOO. El sindicato recurrió al TSJA al entender que la regulación de los permisos retribuidos y de la igualdad vulneraba derechos reconocidos legalmente. El convenio afecta, entre otros, a los trabajadores de las bodegas del Marco de Jerez.

En materia de permisos por enfermedad, accidente u hospitalización de familiares, el convenio fijaba dos o tres días, con posibles ampliaciones por desplazamiento, y establecía su cómputo en días naturales. El tribunal recuerda que la normativa estatal reconoce cinco días laborables y señala que el texto dejaba fuera a las parejas de hecho, sus familiares y las personas convivientes que necesiten cuidados efectivos.

El TSJA también ha anulado el artículo dedicado a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Aunque incluía referencias a la igualdad salarial, la promoción profesional y la prevención del acoso, la Sala considera que no incorporaba diagnósticos sectoriales, medidas concretas, criterios para los planes de igualdad ni mecanismos de seguimiento y evaluación. También cuestiona que tomara como referencia una comisión de igualdad creada en 2014 sin adaptarse a los cambios normativos posteriores.

El secretario general de FICA UGT en Cádiz, Antonio Montoro, ha señalado que el sindicato está satisfecho porque la sentencia reconoce que el convenio debe ajustarse a la legislación vigente. UGT-FICA sostiene que el fallo afecta a todos los trabajadores incluidos en el convenio, con independencia de su afiliación.

La resolución todavía no es firme. Las partes pueden presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Información elaborada a partir de Diario de Jerez.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Diario de Jerez · Ver original

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