La UE limita desde el domingo las promesas verdes sin respaldo
La directiva europea contra el greenwashing y la obsolescencia programada entra en vigor el 27 de septiembre.
La directiva europea 2024/825 sobre Empoderamiento de los Consumidores entra en vigor este domingo, 27 de septiembre, con nuevas reglas contra la publicidad ambiental engañosa y la obsolescencia programada. La norma afecta a los consumidores de toda la Unión Europea, también a los de Córdoba.
Desde esa fecha, expresiones como «eco», «bio», «verde», «sostenible» o «respetuoso con el medio ambiente» no podrán utilizarse sin una justificación expresa, evidencias científicas y acreditación disponible para el consumidor en el mismo soporte: el etiquetado, la página web o la publicidad del producto.
La normativa también restringe los mensajes como «neutro en carbono» o «net zero» cuando se basen únicamente en la compra de créditos de carbono o en compensaciones, como la plantación de árboles, sin demostrar una reducción de emisiones vinculada a la fabricación, el transporte o el uso del producto.
Además, los sellos ambientales creados por las propias empresas quedarán vetados si no cuentan con una certificación independiente acreditada o con un sistema autorizado por las administraciones públicas. Las promesas de sostenibilidad a varios años deberán incluir un plan realista, objetivos intermedios medibles y verificaciones externas periódicas.
La directiva obliga asimismo a ofrecer información clara sobre la obsolescencia temprana, las opciones de entrega respetuosas con el medio ambiente, los servicios posventa y de reparación, así como las actualizaciones de software y sus efectos en los bienes digitales. Los consumidores verán también un aviso obligatorio sobre sus derechos legales y una nueva etiqueta para los productos cuya garantía supere los dos años.
Las autoridades podrán realizar inspecciones y auditorías. Entre las posibles consecuencias del incumplimiento figuran la retirada o suspensión de distintivos, multas, medidas de seguimiento y la exclusión temporal de licitaciones públicas. La norma contempla multas de al menos el 4% de los ingresos anuales de las empresas incumplidoras.
Información elaborada a partir de Diario Córdoba.