El Supremo mantiene bloqueado el voto de nacionalizados por la ley de nietos
El Supremo mantiene suspendidas las inscripciones en el censo exterior de nacionalizados por la ley de nietos sin certificado de exilio.
El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de la Abogacía del Estado y mantiene suspendidas las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de quienes obtuvieron la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática sin acreditar que descienden de exiliados. La medida afecta a unas 163.000 personas y tendrá incidencia en las circunscripciones donde figuren inscritas.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo sostiene que la exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia del censo deben prevalecer sobre el derecho de voto de quienes no tengan aclaradas las condiciones de su inscripción y su acceso al Registro Consular. El tribunal considera que persiste el riesgo de una incorporación irregular de electores.
La suspensión no se aplica a quienes obtengan de los Registros Consulares una certificación que acredite que, a fecha 1 de agosto de 2026, eran nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles, exiliados por motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación e identidad sexual, y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
El Supremo rechaza que la Administración pueda alegar una imposibilidad material para cumplir esta exigencia cuando, según la resolución, la causa del incumplimiento reside en la propia Administración responsable. La decisión cuenta con el voto discrepante de la magistrada Alicia Millán y se produce tras los recursos presentados por Iustitia Europa y Vox.
El tribunal ha ordenado publicar los autos en el Tablón Edictal Judicial Único y, con urgencia, en el Boletín Oficial del Estado y en los tablones de los Registros Consulares, para que las personas afectadas puedan personarse en el procedimiento. Desde la publicación en el BOE se suspenderá la tramitación durante cinco días.
La resolución afecta al conjunto del censo exterior y, por tanto, también al marco electoral que pueden consultar los ciudadanos de la Región de Murcia que residan fuera de España, aunque el texto no identifica un impacto específico en la comunidad. El Gobierno estudia si la medida puede recurrirse ante el Tribunal Constitucional.
Información elaborada a partir de La Opinión de Murcia.