Saltar al contenido
Jueves, 5 de noviembre de 2026 Edición Palma · Illes Balears
21° / 12° Muy nuboso con tormenta
Última hora
Sucesos

El Supremo confirma la sanción a un guardia civil de Ibiza por alojar a cuatro personas ajenas en el cuartel

El Supremo confirma la sanción de 20 días de sueldo a un guardia civil de Sant Josep que alojó sin permiso a cuatro personas en el cuartel.

Redacción automática · Palma 2 min de lectura

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 20 días de sueldo impuesta a un guardia civil destinado en el cuartel de Sant Josep, en Ibiza, por permitir que cuatro personas ajenas al cuerpo ocuparan sin autorización su habitación oficial mientras él se encontraba fuera de la isla. La Sala de lo Militar ha desestimado su recurso, según la información recogida por IB3 y el auto judicial al que ha tenido acceso Diario de Ibiza.

Los hechos ocurrieron el 12 de octubre de 2023, durante la celebración de la festividad de la patrona de la Guardia Civil. Según la sentencia, varios agentes, entre ellos un teniente y un sargento, vieron a un hombre, una mujer y dos niñas menores de edad que nadie conocía y que procedían de la habitación asignada al compañero ausente. Uno de los visitantes llegó a servirse alcohol sin permiso y preguntó "aquí dónde se pilla", expresión que los agentes interpretaron como una consulta sobre dónde conseguir droga.

Tras una llamada telefónica del agente, los visitantes volvieron a entrar en el alojamiento y, finalmente, abandonaron las instalaciones sin devolver las llaves de la habitación ni del acuartelamiento. La investigación comprobó que ninguno de los cuatro tenía autorización para alojarse allí y que su presencia no se había comunicado al servicio de seguridad del cuartel.

El expediente disciplinario concluyó en junio de 2024 con la sanción, confirmada después por la Dirección General de la Guardia Civil. El Tribunal Militar Central desestimó el recurso del agente en junio de 2025, y el Supremo ha mantenido ahora ese criterio. El alto tribunal considera que la falta de declaración de los dos adultos que ocuparon la habitación no causó indefensión, ya que esos testimonios no habrían cambiado los hechos esenciales: la ocupación sin autorización y la falta de comunicación de la presencia de personas ajenas al cuerpo.

La resolución recuerda que, aunque los pabellones oficiales son el domicilio de los agentes a los que se adjudican, su uso está sujeto a condiciones administrativas y reglamentarias específicas, especialmente por las obligaciones de seguridad que rigen la entrada y permanencia de terceros en un recinto militar.

Información elaborada a partir de Diario de Ibiza.

Cómo se ha hecho Texto redactado con inteligencia artificial a partir de Diario de Ibiza. No lo revisa una persona antes de publicarse. Ver original · Cómo hacemos este periódico · Comunicar un error

Sección

Comentarios

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Deja tu comentario

Los comentarios se revisan antes de publicarse. No se admiten enlaces.

Más de Sucesos en Palma

Toda la sección →
Este sitio usa cookies propias y de terceros. Más info