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Economia

Nueva ventaja fiscal para vender viviendas vacías al parque público

El Gobierno recupera una exención en el IRPF para vender viviendas vacías a entidades públicas de vivienda social y asequible.

Redacción · Palma 2 min de lectura

El Consejo de Ministros ha aprobado de nuevo un incentivo fiscal para movilizar viviendas vacías hacia el parque público. La medida permitirá reducir o eliminar en el IRPF la tributación por la ganancia patrimonial obtenida al vender determinados inmuebles desocupados a administraciones y entidades públicas de vivienda social y asequible.

El beneficio se aplicará a viviendas que hayan permanecido vacías de forma continuada y sin causa justificada durante los dos años anteriores a la venta. La operación deberá cerrarse antes del 31 de diciembre de 2027, el comprador tendrá que ser una administración, organismo o empresa pública dedicada a la vivienda social o asequible y el precio deberá ser inferior a 800.000 euros.

La exención será total para las viviendas vendidas por 200.000 euros o menos y se reducirá progresivamente hasta desaparecer al alcanzar los 800.000 euros. Por ejemplo, en una venta de 300.000 euros quedaría exento automáticamente el 83,33% de la plusvalía. La desocupación podrá acreditarse, entre otros medios, mediante el padrón municipal y los consumos de suministros.

Los propietarios podrán evitar también la tributación de la parte restante si reinvierten parte del importe obtenido en la nueva Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa Reinversión. El plazo general será de seis meses desde la venta, el límite acumulado ascenderá a 800.000 euros por contribuyente y el capital deberá mantenerse al menos cinco años.

El paquete incluye además una cuenta de ahorro e inversión abierta a todos los contribuyentes del IRPF, con aportaciones de hasta 150.000 euros, y una nueva modalidad del Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo, cuyo límite anual pasa de 5.000 a 10.000 euros. La comercialización de estos productos dependerá de las órdenes de Hacienda y, en algunos casos, del registro de fondos elegibles de la CNMV.

La medida, de ámbito estatal y aplicable también en Baleares, puede afectar a propietarios y administraciones de Palma si se realizan operaciones que cumplan los requisitos, aunque el texto no concreta actuaciones específicas para la ciudad.

Información elaborada a partir de Diario de Ibiza.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Diario de Ibiza · Ver original

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