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El TC inadmite el recurso del Defensor del Pueblo sobre el voto de los nietos y reabre el debate sobre la imparcialidad

El Constitucional inadmite el recurso del Defensor del Pueblo sobre la ley de nietos y el voto particular denuncia un formalismo que frena el sufragio.

Redacción · Las Palmas de Gran Canaria 2 min de lectura

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra las resoluciones relativas a la llamada «ley de nietos», que afectan al derecho de sufragio de 163.020 ciudadanos nacionalizados a través de la ley de Memoria Democrática. El auto, según el artículo original de La Provincia, fue ponencia de Enrique Arnaldo, cuya amistad con Manuel Delgado-Irribarren, magistrado de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, es pública, y ambos han publicado libros sobre código electoral e iniciativa legislativa popular.

El medio recoge el voto particular de los magistrados Ramón Sáez y Juan Carlos Campo, que califica de «formalismo enervante» la decisión de inadmitir el recurso por su supuesto carácter prematuro, con un efecto de desaliento sobre un derecho fundamental. Según esos magistrados, la doctrina del propio Tribunal permite recurrir medidas cautelares para evitar daños irreversibles aunque el proceso ordinario siga abierto.

Según el texto, la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, con el ponente Antonio Narváez y con la oposición de la magistrada Alicia Millán, habría abierto un plazo de cinco días para alegaciones que, a juicio de los discrepantes, sirvió de cobertura para frustrar un eventual amparo. El artículo sostiene que la mayoría del Constitucional conocía la falta de competencias de esa sección en materia electoral y el solapamiento con el proceso del 29 de noviembre.

La información añade que, en esa misma semana, dos autos de la Sala Penal del Tribunal Supremo, firmados por Pablo Llarena y con ponencia de Manuel Marchena, criticaron a la mayoría progresista del Constitucional a raíz de la sentencia sobre la amnistía por malversación. Asimismo, la Sección Cuarta habría amenazado con acciones penales a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares si no entregaban datos sobre los ciudadanos afectados.

El voto particular concluye que el ordenamiento constitucional no ha ofrecido un cauce efectivo para preservar el sufragio de decenas de miles de hijos y nietos del exilio de la Guerra Civil y la dictadura en las elecciones generales del 29 de noviembre. La noticia es de ámbito estatal y no contiene datos específicos de Las Palmas de Gran Canaria, aunque afecta a ciudadanos de toda España que podrían votar en esos comicios.

Información elaborada a partir de La Provincia.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de La Provincia · Ver original

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