Cinco clínicas dentales cerradas en Sevilla: cómo reclamar y frenar los cobros del banco
Clientes de las clínicas Vivanta y Oralis cerradas en Sevilla pueden reclamar y frenar cobros de préstamos. Así lo explica Consumo.
Cientos de sevillanos se han quedado sin atención dental desde el 27 de octubre, cuando cinco clínicas de las marcas Vivanta y Oralis cerraron de forma abrupta en la provincia. Cuatro centros de Vivanta (en Hytasa, Avenida de las Ciencias, Dos Hermanas y Mairena del Aljarafe) y la clínica especializada Oralis de Hernando del Pulgar han suspendido su actividad, dejando a muchos pacientes con tratamientos a medias y miles de euros adelantados. Ante esta situación, la Dirección General de Consumo ha publicado una guía de actuación urgente para proteger a los afectados.
Consumo recuerda que el cese de actividad supone un incumplimiento de contrato y que los pacientes tienen derecho a exigir la devolución de la parte proporcional del tratamiento pagado y no recibido. El primer paso es presentar una reclamación formal a la empresa, detallando el caso clínico y la cantidad reclamada. Dado que los centros están cerrados, la Administración recomienda hacerlo por un medio que deje constancia legal, como un burofax. Paralelamente, conviene presentar una Hoja de Quejas y Reclamaciones ante los Servicios Provinciales de Consumo o en una Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), indicando que no se pudo entregar la reclamación previa en la clínica por su cierre.
Uno de los principales motivos de preocupación son los préstamos bancarios. Según explica Consumo, los créditos destinados específicamente a pagar un tratamiento dental se consideran contratos de crédito vinculados, por lo que el tratamiento y el préstamo forman una única unidad comercial. Si la clínica incumple, el paciente puede exigir al banco la suspensión de los recibos y la devolución de lo abonado por la parte no realizada. Para ello es necesario haber reclamado antes a la clínica y presentar ese justificante ante la entidad financiera. Si el banco no responde, el caso puede elevarse de nuevo a los canales de Consumo.
Si la matriz entra en concurso de acreedores, los pacientes deben comunicar formalmente su deuda a la administración concursal para que sus importes figuren en la lista de acreedores. Asimismo, la historia clínica es un documento personal que la empresa no puede retener: los afectados pueden solicitar una copia en la sede social de la compañía, amparados por la Ley 41/2002. Si no la entregan, Consumo insta a denunciarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Para orientarse en este proceso, la Junta de Andalucía mantiene el servicio gratuito 'Consumo Responde', accesible en el teléfono 900 21 50 80, en el correo consumoresponde@juntadeandalucia.es y a través de sus redes sociales, donde ofrece asesoramiento personalizado a los afectados.
Información elaborada a partir de Diario de Sevilla.