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Sucesos

Dos culpables y 23 años de cárcel por el crimen de Movera, en Zaragoza

El jurado condena a dos de los cuatro acusados a 23 años de cárcel por el asesinato con alevosía de María Marian en Movera, Zaragoza.

Redacción automática · Zaragoza 2 min de lectura

El jurado popular ha declarado culpables de asesinato con alevosía a dos de los cuatro acusados por la muerte de María Marian, asesinada el 21 de noviembre de 2018 en la rampa del garaje de su vivienda en Movera, barrio rural de Zaragoza. Los condenados, Aivaras S. y Juan E. O., deberán cumplir 23 años de prisión cada uno y abonar entre los dos una indemnización de 400.000 euros a la familia de la víctima.

El veredicto, adoptado por unanimidad por los nueve miembros del jurado, absuelve a Jesús J. M. y a Félix T. M. Según el texto, Jesús J. M. acompañó a los otros dos hasta Zaragoza, pero no estuvo en la finca en el momento del crimen. Félix T. M., por su parte, facilitó el domicilio de su madre en María de Huerva como punto de reunión y llevó a los acusados en su vehículo hasta Movera para mostrarles la ubicación de la finca, aunque el jurado consideró que desconocía el propósito de acabar con la vida de la víctima.

Según las acusaciones, el 21 de noviembre de 2018, sobre las 19.15 horas, los asaltantes llegaron en vehículo a una finca de la Urbanización Torre Urzáiz, cortaron la valla perimetral e irrumpieron armados con al menos una pistola. María Marian acababa de hacer unas compras junto a su hermana Sorina, que había entrado los paquetes en la casa donde estaba su padre, Sorin Marian. Cuando la víctima subía a pie por la rampa del garaje, uno de los atacantes le disparó a un metro de distancia; el disparo le atravesó el tórax y dañó órganos vitales, provocándole un choque hemorrágico mortal.

El jurado debía determinar si el ataque fue sorpresivo y no dejó margen de defensa, lo que caracteriza la alevosía, o si hubo un forcejeo previo que permitiera calificar los hechos de homicidio. Se decantó por la alevosía. Respecto a Aivaras S., el tribunal entendió que estaba junto a la víctima cuando se disparó, rechazando su versión de que acudió engañado por una supuesta deuda de la venta de una furgoneta y que se alejó antes del disparo. En cuanto a Juan E. O., se le considera coautor, y el jurado descartó que su supuesto retraso mental mermara de forma notable sus facultades durante la agresión.

Para los zaragozanos, el caso tiene un peso especial: el crimen ocurrió en una zona residencial de la ciudad y la sentencia cierra un proceso que ha seguido de cerca la opinión pública local.

Información elaborada a partir de El Periódico de Aragón.

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