Saltar al contenido
Domingo, 8 de noviembre de 2026 Edición Alicantet · Alicante/Alacant
28° / 16° Poco nuboso
Última hora
Sociedad

Tres señales de que tu empresa podría estar pensando en despedirte

Tres señales de que tu empresa podría querer despedirte: retirada de funciones, llegada de un sustituto y desgaste mental. Qué hacer según un laboralista.

Redacción automática · Alicantet 2 min de lectura

Un artículo publicado por el medio Información, con fecha 8 de noviembre de 2026, recoge tres señales que, según el abogado laboralista de la cuenta Un Tío Legal, podrían indicar que una empresa está planeando prescindir de un trabajador. El texto recuerda que las causas pueden ser variadas, como reducciones de personal, cuestiones de producción o descontento con el trabajo, pero se centra en indicios concretos que el trabajador puede detectar en su día a día.

El primero de ellos es el mensaje de que "todo lo haces mal", así como la retirada progresiva de responsabilidades: dejar al empleado fuera de las reuniones, reducir los correos recibidos y frenar el aumento de tareas. Ante ello, el abogado aconseja pedir explicaciones por escrito sobre los motivos de esa retirada y guardar cualquier prueba útil, como correos importantes, mensajes que muestren la confianza en el trabajo y evaluaciones anteriores positivas.

La segunda señal es la llegada de un nuevo compañero al que el trabajador debe enseñar sus funciones. El texto advierte de que ese recién llegado no tiene culpa alguna, y que si después el empleado es despedido por causas objetivas o por amortizar su puesto y descubre que el nuevo ocupa ese mismo lugar, podría impugnar el despido como improcedente, reuniendo para ello el máximo número de pruebas posibles.

El tercer signo es el desgaste mental, que el artículo describe como un "despido silencioso": poner trabas para pedir vacaciones, cambiar turnos o disfrutar de permisos que antes se concedían, con el objetivo de que el trabajador decida marcharse por su cuenta. Esto implicaría perder la indemnización y la prestación por desempleo. La recomendación es no firmar documentos sin leerlos, negarse a firmar lo que no se acepte, documentar todo antes de un eventual despido y reclamar cualquier sanción que se imponga.

Por último, el artículo subraya que solo se dispone de veinte días hábiles para impugnar un despido. La información tiene un enfoque general de ámbito nacional y no incluye datos específicos de la provincia de Alicante.

Información elaborada a partir de Información.

Cómo se ha hecho Texto redactado con inteligencia artificial a partir de Información. No lo revisa una persona antes de publicarse. Ver original · Cómo hacemos este periódico · Comunicar un error

Sección

Comentarios

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Deja tu comentario

Los comentarios se revisan antes de publicarse. No se admiten enlaces.

Más de Sociedad en Alicantet

Toda la sección →
Este sitio usa cookies propias y de terceros. Más info