La Justicia fija una compensación vitalicia de 800 euros para una vizcaina
La Audiencia de Bizkaia confirma una pensión compensatoria vitalicia de 800 euros para una mujer de 87 años tras su divorcio.
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha confirmado que un hombre deberá pagar una pensión compensatoria vitalicia de 800 euros mensuales a su exmujer, de 87 años, tras rechazar el recurso contra la sentencia de divorcio. La resolución también mantiene en cuatro meses el plazo para que el hombre pudiera seguir utilizando la vivienda familiar.
El tribunal considera acreditado el desequilibrio económico causado por la ruptura. La mujer dejó de trabajar un mes antes de casarse y dedicó su vida al cuidado del hogar y de sus dos hijas, mientras que su exmarido, de 91 años, percibe una pensión contributiva de jubilación.
La sentencia señala que la edad, el estado de salud y la trayectoria laboral de ambos justifican mantener la compensación sin límite temporal. La mujer padece ceguera y enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), entre otras patologías, y tiene reconocida una situación de dependencia. Tras abandonar el domicilio familiar en septiembre de 2024, pasó a vivir con una de sus hijas.
En el momento del procedimiento, sus ingresos propios se limitaban a una prestación de 157,95 euros mensuales para cuidados en el entorno familiar y a otra ayuda vinculada al descanso de las personas cuidadoras. El hombre recibe una pensión de jubilación de 1.674,44 euros en 14 pagas, equivalente a 1.953,51 euros mensuales según los cálculos de la resolución.
El hombre alegó que su exmujer disponía de patrimonio procedente de las cuentas comunes y de la futura venta de bienes gananciales. Sin embargo, la Audiencia indica que no consta que esos inmuebles se hayan vendido ni que ella haya recibido las cantidades mencionadas. Los magistrados añaden que vivir con una hija no puede considerarse una alternativa habitacional exigible de forma indefinida.
Información elaborada a partir de Deia.