El abogado Juanma Lorente alerta de los riesgos de cobrar parte del sueldo en dietas
El abogado laboralista Juanma Lorente advierte de los riesgos de cobrar parte del sueldo en dietas y cómo puede afectar a las prestaciones.
El abogado laboralista Juanma Lorente ha advertido a los trabajadores que perciben parte de su salario en concepto de dietas de que, sin darse cuenta, pueden acabar en una situación económica muy delicada. Según recoge Noticias de Gipuzkoa, el letrado pone el foco en cómo se reparte la remuneración en la nómina y en los efectos que puede tener esta práctica cuando el trabajador necesita acceder a determinadas prestaciones de la Seguridad Social.
Las dietas son cantidades que la empresa abona para compensar gastos relacionados con el trabajo, como desplazamientos, comidas o alojamiento cuando se trabaja fuera del lugar habitual. Por regla general, no constituyen salario cuando responden a gastos reales y cumplen los requisitos legales aplicables. Por ello, es importante distinguir entre las dietas que compensan gastos laborales y las cantidades que, aunque figuren con esa denominación, podrían corresponder realmente a una parte del salario.
Lorente se dirige especialmente a quienes perciben sueldos de entre 2.000 y 3.000 euros mensuales o más. "Si la mayoría de tu salario está repartido en concepto de dietas, tienes un gran problema. Porque mañana, si te das de baja médica, ese concepto de dietas desaparece, y solo vas a cobrar un porcentaje del resto del sueldo", señala. En su ejemplo, un trabajador con 3.000 euros mensuales, de los que 1.500 figuran como dietas, podría ver reducida considerablemente su prestación si esas cantidades no forman parte de la base reguladora correspondiente.
El abogado sostiene que esta práctica puede hacer que la empresa pague menos en cotizaciones a la Seguridad Social, un efecto que también se trasladaría a prestaciones como el paro, la baja médica o la jubilación. Advierte, no obstante, de que el resultado concreto depende de la naturaleza real de los pagos, de las bases de cotización y de las reglas aplicables a cada prestación.
Para evitar sorpresas, el artículo recomienda comprobar qué cantidades aparecen como salario, cuáles como dietas y qué importes se incluyen en la base de cotización, contrastándolas con las condiciones reales en que se abonan los gastos. Las dietas auténticas pueden quedar excluidas de cotización dentro de los límites legales, pero si una cantidad denominada dieta encubre una retribución salarial, su tratamiento puede ser distinto. Ante cualquier duda, pueden acudir a un asesor laboral o a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Información elaborada a partir de Noticias de Gipuzkoa.