Un juzgado de Granada obliga a un banco a devolver 5.090 euros por una estafa
Un juzgado de Granada condena a un banco a devolver 5.090 euros a un cliente víctima de una estafa digital.
La plaza quinta de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Granada ha condenado a una entidad bancaria a devolver 5.090 euros, más los intereses legales desde la fecha de los cargos, a un cliente víctima de una estafa digital. La sentencia, dictada en mayo de 2026, también anula el préstamo contratado de forma fraudulenta.
Los hechos ocurrieron entre la tarde del 16 y la madrugada del 17 de noviembre de 2025. En ese periodo se realizaron en la cuenta del afectado cinco operaciones no autorizadas: dos traspasos de 1.000 euros desde su tarjeta de crédito, la contratación de un préstamo personal de 3.000 euros y transferencias internacionales a una entidad bancaria de Lituania.
El fraude comenzó con un mensaje de texto que aparentaba proceder del banco. Al pulsar en el enlace, se instaló un programa espía que habría permitido al ciberdelincuente obtener las credenciales de banca electrónica, acceder al dispositivo y efectuar los movimientos sin consentimiento. El cliente denunció los hechos el mismo día e inició la reclamación judicial.
La entidad defendió que las operaciones habían sido autenticadas mediante sus sistemas de seguridad y alegó una negligencia grave del usuario. Sin embargo, el tribunal, aplicando la doctrina del Tribunal Supremo, señala que corresponde al banco demostrar el fraude o la negligencia grave cuando el cliente niega haber autorizado las operaciones. El uso del doble factor de autenticación, por sí solo, no resulta suficiente.
El magistrado considera que acceder a un enlace fraudulento no constituye negligencia grave, sino que responde al engaño de un ciberdelincuente. La resolución también reprocha a la entidad no haber detectado el patrón anómalo de las operaciones, realizadas de madrugada y con destino a Lituania, en circunstancias que no se correspondían con los hábitos del cliente.
Víctor García, del despacho Aliatar Abogados, que representó al afectado, ha valorado una decisión que, a su juicio, protege los derechos de los usuarios y evidencia que la entidad bancaria no actuó con la diligencia exigible.
Información elaborada a partir de Ideal.