Voto en blanco y nulo: diferencias y efectos en las elecciones generales
El voto en blanco es válido y puede dificultar el 3% a los partidos pequeños; el nulo no afecta al reparto de escaños.
Ante unas elecciones generales, los votantes pueden acudir a las urnas sin elegir una candidatura mediante el voto en blanco, una opción válida que tiene consecuencias distintas a las del voto nulo y la abstención.
El voto en blanco se emite introduciendo un sobre vacío en la urna. Se contabiliza como voto válido y se utiliza para calcular los porcentajes electorales, aunque no se asigna a ningún partido o coalición.
El voto nulo, en cambio, no es válido. Se produce, por ejemplo, cuando se introducen dos o más papeletas en el sobre, se escribe en la papeleta o se incorpora algún objeto. Aunque cuenta para la participación, no influye en el reparto electoral.
La principal consecuencia del voto en blanco es que eleva el número total de votos válidos. Esto puede dificultar que las formaciones más pequeñas alcancen el umbral del 3% necesario para obtener representación parlamentaria.
Por tanto, el voto en blanco puede perjudicar a los partidos pequeños que se encuentran cerca de ese límite y favorecer indirectamente a las candidaturas que sí lo superan. No beneficia automáticamente al partido más votado ni altera por sí solo el reparto de escaños entre las formaciones elegibles.
La abstención es diferente: consiste directamente en no acudir a votar. Esta explicación resulta aplicable también a los electores de Murcia ante unas elecciones generales.
Información elaborada a partir de La Opinión de Murcia.