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El juez rechaza investigar a Zapatero por malversación por las joyas no entregadas a Patrimonio del Estado

El juez Calama descarta investigar a Zapatero por malversación por las joyas no entregadas a Patrimonio del Estado y paraliza inspecciones tributarias en el cas

Redacción automática · Ourense 2 min de lectura

El juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso Plus Ultra, José Luis Calama, ha rechazado investigar al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por un presunto delito de malversación de caudales públicos por no entregar a Patrimonio del Estado las joyas intervenidas en su despacho. La decisión va contra el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que había pedido abrir esa línea de investigación. Según recoge Europa Press, el magistrado sostiene que no puede afirmarse que esas joyas, que Zapatero atribuye a un regalo personal del rey de Arabia Saudí en una visita oficial a España en 2007, fueran patrimonio público por el mero hecho de haberse recibido en consideración al cargo.

En otro auto, Calama acuerda paralizar las actuaciones inspectoras de la Agencia Tributaria sobre el expresidente, su mujer y sus hijas, sobre su socio y amigo Julio Martínez Martínez y sobre varias sociedades vinculadas a ellos. El juez investiga a Zapatero como presunto líder de una red de tráfico de influencias que habría obtenido beneficios económicos a cambio de su mediación para la concesión a la aerolínea Plus Ultra de un rescate de 53 millones de euros durante la pandemia.

El instructor también imputó a Zapatero por presunto delito fiscal y de contrabando tras el hallazgo de las joyas, que dos informes periciales valoran en 1,3 y 1,02 millones de euros. La Fiscalía veía indicios de malversación en el reconocimiento por parte del expresidente de que no entregó esas piezas, localizadas por la Policía Nacional, a Patrimonio del Estado.

En su resolución, Calama recuerda que no fue hasta la Ley de Transparencia de 2013 cuando se estableció expresamente que los altos cargos no pueden aceptar regalos que excedan los usos de cortesía y que los obsequios de relevancia institucional deben incorporarse al patrimonio de la Administración. El juez considera que el Código de Buen Gobierno aprobado en febrero de 2005, durante el mandato de Zapatero, tenía naturaleza ética y de autorregulación, pero carecía de valor normativo suficiente para determinar la titularidad pública de bienes o ampliar los elementos del delito de malversación.

Respecto a la investigación tributaria, Calama acepta la petición de las delegaciones de la Agencia Tributaria de Madrid y Valencia por existencia de prejudicialidad penal. Hacienda alegó la imposibilidad práctica de completar las comprobaciones sin acceder a determinada documentación y sin conocer el resultado de las diligencias penales. Los investigados, por su parte, han comunicado que se niegan a facilitar documentación relacionada con los hechos mientras la causa penal siga en tramitación, lo que, a juicio del magistrado, genera una incompatibilidad práctica que compromete la utilidad de las actuaciones administrativas.

Información elaborada a partir de La Región.

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