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El TC inadmite el amparo del Defensor del Pueblo sobre la ley de nietos entre críticas de dos magistrados

El TC inadmite el amparo del Defensor del Pueblo sobre la ley de nietos; dos magistrados critican el formalismo y el efecto sobre 163.020 ciudadanos.

Redacción · Palma 2 min de lectura

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra las actuaciones relacionadas con la llamada «ley de nietos», que afectan al derecho de sufragio de 163.020 ciudadanos nacionalizados a través de la ley de Memoria Democrática. La decisión, según el texto de origen, es fruto de la ponencia del magistrado Enrique Arnaldo, cuya amistad con Manuel Delgado-Irribarren, de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, se describe como pública y notoria, pues ambos han publicado libros sobre Código Electoral e Iniciativa Legislativa Popular.

Los magistrados Ramón Sáez y Juan Carlos Campo han formulado un voto particular en el que califican de «formalismo enervante» la inadmisión del recurso por su supuesto carácter prematuro. Sostienen que, pese a que el proceso ordinario seguía abierto, la doctrina del propio Tribunal permite recurrir medidas cautelares para evitar una vulneración de derechos fundamentales que se haga irreversible. Advierten, además, de que esta decisión puede producir un efecto desaliento en el ejercicio de un derecho fundamental.

Según el artículo, la Sección Cuarta de la Sala Tercera, con el ponente Antonio Narváez al frente, habría abierto un plazo de cinco días para alegaciones que, al mantenerse en tramitación, podía servir para considerar prematuro cualquier amparo. El texto sostiene que la mayoría del Tribunal Constitucional conocía la falta de competencias de esa sección en materia electoral y la coincidencia de sus actuaciones con la convocatoria de las elecciones generales del 29 de noviembre.

El artículo también recoge que dos autos de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, de los magistrados Pablo Llarena y Manuel Marchena, criticaron a la mayoría progresista del Constitucional por la sentencia sobre la amnistía, y que la Sección Cuarta llegó a advertir a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares de posibles acciones penales si no entregaban datos sobre los ciudadanos afectados.

Sáez y Campo concluyen que el ordenamiento constitucional ha fracasado en ofrecer un cauce efectivo para preservar el sufragio de decenas de miles de hijos y nietos del exilio provocado por la Guerra Civil y la dictadura. La noticia tiene origen en Ibiza y no incluye datos concretos sobre Palma, por lo que su interés para los lectores de la capital balear es indirecto, al tratarse de una controversia judicial de ámbito estatal.

Información elaborada a partir de Diario de Ibiza.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Diario de Ibiza · Ver original

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