La ley prohíbe educar a los perros con miedo, golpes o collares eléctricos
La Ley de Bienestar Animal prohíbe golpes, collares eléctricos y otros métodos que causen miedo o sufrimiento a los perros.
La Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales prohíbe utilizar métodos de educación o manejo que provoquen sufrimiento, ansiedad o miedo a los perros. La norma, vigente en toda España y de aplicación también en Las Palmas de Gran Canaria, considera a los animales seres sintientes y establece obligaciones para garantizar su bienestar físico y emocional.
El artículo 24 obliga a educar y manejar a los animales sin causarles sufrimiento o maltrato, mientras que el artículo 25 prohíbe los métodos y herramientas invasivas que provoquen daños. Además, el artículo 27 prohíbe expresamente las herramientas que puedan causar lesiones, entre ellas los collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.
La prohibición alcanza también a los golpes, gritos, sacudidas, manipulaciones bruscas y tirones excesivos de la correa. El texto señala que estas prácticas pueden causar lesiones físicas, problemas respiratorios y daños cervicales, además de generar miedo, agresividad, ansiedad, estrés, frustración e indefensión aprendida.
Frente a estos métodos, los expertos en comportamiento y educación canina recomiendan la educación en positivo. Esta técnica consiste en premiar las conductas que se quieren reforzar mediante comida, caricias, palabras afectuosas o juegos, en lugar de recurrir al castigo. Según el texto, este enfoque favorece el aprendizaje y fortalece el vínculo entre el perro y su cuidador.
El uso de métodos agresivos o violentos está considerado una infracción grave por el artículo 74 de la ley y puede conllevar multas de entre 10.001 y 50.000 euros, según el artículo 76. Si el perro fallece como consecuencia de esas prácticas, la infracción pasa a ser muy grave y la sanción puede alcanzar los 200.000 euros.
Información elaborada a partir de La Provincia.