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El Supremo rechaza las medidas urgentísimas de Ceuta contra el Gobierno por inacción en la crisis migratoria

El Supremo rechaza las medidas cautelarísimas de Ceuta contra el Gobierno por inacción en la crisis migratoria y da 10 días a la Abogacía del Estado.

Redacción · Santa Cruz de Tenerife 3 min de lectura

El Tribunal Supremo ha denegado las medidas cautelarísimas que pidió Ceuta en su recurso contra la inactividad de la Administración General del Estado en la asignación de medios personales y materiales para tramitar en plazo los expedientes de expulsión o devolución y de protección internacional derivados del acceso masivo e irregular de inmigrantes a la ciudad autónoma los días 30 y 31 de julio. La Sala de lo Contencioso-Administrativo afirma ser consciente de la crisis que vive Ceuta desde entonces, pero considera que no puede acordar esas medidas sin oír antes a la parte contraria, que en este caso es el Gobierno, y no aprecia la especial urgencia que exige el procedimiento.

El tribunal señala que la supuesta inactividad se viene prolongando desde hace más de dos meses y medio, y que hasta ahora no se había alegado esa urgencia. Por ello, en el mismo auto ordena que las medidas cautelares se tramiten por el procedimiento ordinario, lo que da a la Abogacía del Estado un plazo de 10 días para presentar sus alegaciones. Con esa información, la Sala podrá pronunciarse sobre la gestión realizada por la Administración General del Estado.

El presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas, sostiene que el Gobierno de Pedro Sánchez no respondió a su requerimiento del 16 de septiembre dentro del plazo de un mes previsto en el artículo 44.3 de la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa. Según la resolución, el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, desestimó el requerimiento el 20 de octubre en su condición de mando único. El recurso ceutí, no obstante, no se basa en ese rechazo, sino en la falta de asignación de medios y recursos para identificar y tramitar los expedientes de expulsión o de asilo.

El auto reconoce que la crisis, gestionada mediante la declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional, se debe a la permanencia temporal de un elevado número de personas migrantes en situación irregular tras la afluencia masiva del 30 de julio, lo que supera las capacidades ordinarias de gestión, acogida, asistencia y seguridad ciudadana en la ciudad.

Ángel Víctor Torres considera "lógica" la decisión del Supremo de escuchar al Gobierno y recuerda que el Ejecutivo ha creado 8.000 plazas en 12 recursos habilitados en la ciudad, ha desalojado los asentamientos y ha agilizado los trámites de extranjería, con el retorno de más de 14.000 personas a Marruecos hasta la fecha. Según el ministro, hablar de inacción "es ir contra la verdad" y acusa al PP de hacer un uso electoral de la situación.

Por otro lado, al margen de la pieza de medidas cautelares, el letrado de la Administración de Justicia ha dado al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes un plazo de 20 días para remitir el expediente administrativo objeto del recurso, según prevé la ley.

Información elaborada a partir de El Día.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de El Día · Ver original

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