Saltar al contenido
Sábado, 24 de octubre de 2026 Edición Sevilla · Sevilla
26° / 11° Poco nuboso
Última hora
Politica

El Supremo exige los datos de 163.020 votantes afectados por la Ley de Nietos

El Supremo reclama al Gobierno los datos de 163.020 afectados por la suspensión del voto de inscritos en el CERA mediante la Ley de Nietos.

Redacción · Sevilla 2 min de lectura

El Tribunal Supremo ha reclamado al Gobierno las identidades de las 163.020 personas afectadas por la suspensión cautelar de su derecho a voto, tras su inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) mediante la Ley de Memoria Democrática, conocida como Ley de Nietos. Los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares deberán remitir esta información antes de las 15.00 horas del 28 de octubre.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo advierte de que, si no se cumple el requerimiento en el plazo de cinco días, podrá imponer una multa coercitiva de 1.000 euros, reiterarla hasta la ejecución completa de la resolución o deducir testimonio para exigir las responsabilidades penales que pudieran corresponder.

El tribunal considera fundamental disponer de la relación nominal para garantizar la transparencia y la objetividad del censo electoral. La decisión se produce después de que la Junta Electoral Central acordara enviar entre el 24 y el 30 de octubre la documentación para las elecciones del 29 de noviembre a las personas inscritas en el CERA, aunque con la advertencia de que no todas podrán votar.

Según la información trasladada por la Abogacía del Estado, hasta el 21 de octubre se habían revisado 31.390 expedientes y solo 91 habían obtenido un certificado que acreditase el exilio de sus ascendientes, requisito fijado por el Supremo para poder votar. La Sala reprocha al Ejecutivo que conozca la identidad de los afectados y aún no haya facilitado la lista.

El Supremo ordena además informar a los nacionalizados por la Ley de Nietos de que su inscripción en el CERA, con fecha 1 de agosto, es provisional. Los consulados deberán certificar la condición de hijos o nietos de exiliados y, para el escrutinio, solo se introducirán en las urnas los votos de quienes figuren en el listado actualizado que remita la Oficina del Censo Electoral. La resolución afecta al voto exterior y, por tanto, también puede tener incidencia en los residentes de Sevilla inscritos en ese censo, aunque el texto no concreta cuántos son.

Información elaborada a partir de Diario de Sevilla.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de Diario de Sevilla · Ver original

Sección

Comentarios

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Deja tu comentario

Los comentarios se revisan antes de publicarse. No se admiten enlaces.

Más de Politica en Sevilla

Toda la sección →
Este sitio usa cookies propias y de terceros. Más info