El Constitucional respalda la ley de vivienda tras rechazar el recurso gallego
El Constitucional rechaza el recurso de la Xunta y avala la ley de vivienda, incluidos los requisitos para reanudar ciertos desahucios.
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso presentado por la Xunta contra la ley por el derecho a la vivienda, en una resolución que cierra el examen de los ocho recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra esta norma.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Laura Díez Bueso, aplica la doctrina fijada en los fallos anteriores y resuelve las cuestiones que seguían pendientes. Cinco magistrados —Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macías— han formulado un voto particular.
El tribunal considera constitucional que las administraciones territoriales puedan declarar el incumplimiento de los deberes asociados a la propiedad de una vivienda. También avala que la administración territorial competente concrete la definición de gran tenedor, al entender que estas previsiones no impiden a las comunidades autónomas desarrollar sus propias políticas de vivienda.
La resolución rechaza igualmente que sean contrarias a la Constitución otras medidas que establecen un trato diferenciado para los grandes tenedores, limitan determinados aspectos del derecho a la propiedad privada o introducen particularidades en procedimientos judiciales. Según el Constitucional, estas últimas no vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva.
Entre las cuestiones analizadas por primera vez está la exigencia de un intento previo de conciliación o intermediación para reanudar determinados desahucios y lanzamientos suspendidos cuando quien solicita su reactivación es un gran tenedor. El tribunal avala esta condición, al considerar que el Estado tiene competencia en materia de legislación procesal.
La sentencia sostiene que el requisito no vulnera la igualdad, la propiedad privada ni la tutela judicial efectiva. Considera legítimo proteger a personas en situación de vulnerabilidad económica y señala que la carga no es excesiva, ya que se limita a los grandes tenedores, a una categoría concreta de procedimientos y a casos en los que el órgano judicial ya ha apreciado esa vulnerabilidad. La decisión afecta al conjunto del Estado, también a la aplicación de la normativa de vivienda en Euskadi y, por tanto, al marco que conocen las instituciones y vecinos de Vitoria-Gasteiz.
Información elaborada a partir de Diario de Noticias de Álava.